Contraloría - Dictamen N° 10209 2017

No aplica ley 19.886 a transferencias

Abstracto

Dictamen N° 10.209 de 2017. Sergio Delgado de la Vega requiere fiscalización por transferencia de fondos públicos al IFOP, entidad condenada por prácticas antisindicales. Se determina que la prohibición del artículo 4° de la ley N° 19.886 no aplica a convenios por transferencias corrientes, confirmando criterio del dictamen N° 56.832 de 2010.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Sergio Delgado de la Vega
  • Materia: Aplicación del artículo 4° de la ley N° 19.886 a transferencia de fondos públicos a entidad condenada por prácticas antisindicales.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de fiscalización a la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño por transferir fondos públicos al Instituto de Fomento Pesquero (IFOP), alegando que este último fue condenado por prácticas antisindicales, lo cual estaría prohibido por el artículo 4° de la ley N° 19.886.
  • Hechos relevantes: La Subsecretaría de Economía informa que no tiene contratos vigentes de suministro o prestación de servicios con el IFOP.

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley N° 20.882: Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2016, asignación 07-01-01-24-01-009, que dispuso la transferencia de recursos desde la Subsecretaría de Economía hacia el IFOP.
  • Ley N° 18.892: Artículo 156 bis, General de Pesca y Acuicultura, que regula al IFOP.
  • Ley N° 19.886: Artículo 1° y 4°, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
  • Decreto N° 20 de 2016: Del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el convenio entre la Subsecretaría de Economía y el IFOP.
  • Decreto N° 854 de 2004:...

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