Contraloría - Dictamen N° 7615 2017
Subdivisión fiscal paga derechos municipales
Abstracto
Dictamen 7615 de 2017. La CGR señala que la exención del artículo 4° del DL 1939/77 no se aplica al pago de derechos municipales por subdivisión de inmueble fiscal, conforme al artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Corporación Administrativa del Poder Judicial
- Materia: Exención del pago de derechos municipales por subdivisión de inmueble fiscal.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CORJU) sobre la exención del pago de derechos municipales por la subdivisión de un inmueble fiscal, conforme al artículo 4° del decreto ley N° 1.939, de 1977. La Dirección de Obras de la Municipalidad de Ovalle denegó la exención, argumentando su derogación según el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (DFL N° 458/75).
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: No se mencionan artículos constitucionales específicos.
- Leyes:
- Decreto Ley N° 1.939, de 1977, artículo 4°, inciso cuarto.
- Decreto con Fuerza de Ley N° 458, de 1975 (Ley General de Urbanismo y Construcciones), artículo 130, incisos primero y final.
- Decreto Ley N° 3.063, de 1979, artículo 67.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la exención del artículo 4° del decreto ley N° 1.939, de 1977, es aplicable al pago de derechos municipales por la subdivisión de un inmueble fiscal.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) basa su análisis en l...
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