Contraloría - Dictamen N° 7615 2017

Subdivisión fiscal paga derechos municipales

Abstracto

Dictamen 7615 de 2017. La CGR señala que la exención del artículo 4° del DL 1939/77 no se aplica al pago de derechos municipales por subdivisión de inmueble fiscal, conforme al artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Corporación Administrativa del Poder Judicial
  • Materia: Exención del pago de derechos municipales por subdivisión de inmueble fiscal.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CORJU) sobre la exención del pago de derechos municipales por la subdivisión de un inmueble fiscal, conforme al artículo 4° del decreto ley N° 1.939, de 1977. La Dirección de Obras de la Municipalidad de Ovalle denegó la exención, argumentando su derogación según el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (DFL N° 458/75).

III. MARCO NORMATIVO

  • Constitución: No se mencionan artículos constitucionales específicos.
  • Leyes:
    • Decreto Ley N° 1.939, de 1977, artículo 4°, inciso cuarto.
    • Decreto con Fuerza de Ley N° 458, de 1975 (Ley General de Urbanismo y Construcciones), artículo 130, incisos primero y final.
    • Decreto Ley N° 3.063, de 1979, artículo 67.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si la exención del artículo 4° del decreto ley N° 1.939, de 1977, es aplicable al pago de derechos municipales por la subdivisión de un inmueble fiscal.
  • Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) basa su análisis en l...

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