Contraloría - Dictamen N° 11897 2017
Lobby aplica Asociaciones de Funcionarios
Abstracto
El Dictamen 11897 de 2017 establece que las peticiones de asociaciones de funcionarios a sujetos pasivos de la Ley 20.730 se excluyen de dicha ley solo si cumplen el artículo 6, sobre transparencia y probidad en la gestión de intereses particulares.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ministerio del Trabajo y Previsión Social
- Materia: Aplicación de la ley N° 20.730 a planteamientos de asociaciones de funcionarios.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre si los planteamientos de las asociaciones de funcionarios a la dirección de su servicio, en materias vinculadas a condiciones laborales, se consideran actividades regidas por el artículo 6° de la ley N° 20.730.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.730: Regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante autoridades y funcionarios.
- Artículo 2°, N° 2, Ley N° 20.730: Define gestión de interés particular.
- Artículo 2°, N° 5, Ley N° 20.730: Define gestor de intereses particulares.
- Artículo 2°, N° 4, Ley N° 20.730: Define interés particular.
- Artículo 7°, Ley N° 19.296: Establece finalidades de las asociaciones de funcionarios.
- Artículos 7° y 8°, Ley 20.730: Regulan el registro de agenda pública.
- Artículo 6°, Ley N° 20.730: Establece las actuaciones no reguladas por dicha ley.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si los planteamientos de las asociaciones de funcionarios a la jefatura del servicio se consideran comprendidos en el artículo 6° de la le...
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