Contraloría - Dictamen N° 18871 2017

Juridicidad plano seccional, límites regulatorios

Abstracto

Dictamen N° 18.871 de 2017. La CGR rechaza la solicitud de reconsideración de la Municipalidad de San Pedro de la Paz respecto al oficio N° 20.289 de 2016, confirmando que el Plano Seccional “El Venado” excede su competencia al regular materias propias del Plan Regulador Comunal.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Municipalidad de San Pedro de La Paz
  • Materia: Solicitud de reconsideración sobre la juridicidad del Plano Seccional “El Venado” de la comuna de San Pedro de La Paz.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: La Contraloría Regional del Bío-Bío emitió el oficio N° 20.289, de 2016, a solicitud del SEREMI de Vivienda y Urbanismo del Bío-Bío, pronunciándose sobre la juridicidad del Plano Seccional “El Venado”, sancionado por el decreto alcaldicio N° 1.069, de 2011.
  • Hechos relevantes: La Municipalidad de San Pedro de la Paz solicita que se deje sin efecto el pronunciamiento de la Contraloría Regional, argumentando que el plano seccional se ajusta a derecho según la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC): Artículo 46 (derogado por la ley N° 20.958), Artículo 28 ter, inciso primero.
  • Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC): Artículos 1.1.2., 2.1.14. y 2.7.9., Artículo 2.1.10 N°3
  • Decreto N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (LGUC)
  • Decreto N° 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (OGUC)

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si el Plano Seccional “El V...

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