Contraloría - Dictamen N° 20808 2017
Improcedencia reajuste remuneración Superintendente Medio Ambiente
Abstracto
Dictamen N° 20.808 de 2017. El Superintendente del Medio Ambiente no tuvo derecho a la actualización de rentas de la ley N° 20.883, art. 1°. La entidad debe revisar la situación y requerir los montos pagados en exceso.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Superintendente (S) del Medio Ambiente
- Materia: Improcedencia de la actualización de rentas dispuesta por la ley N° 20.883 para el Superintendente del Medio Ambiente.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de revisión del procedimiento de cálculo para la aplicación del reajuste dispuesto por la ley N° 20.883 a las remuneraciones del Superintendente del Medio Ambiente.
- Hechos relevantes: Se cuestiona si, para determinar el promedio de la remuneración de esa autoridad, se debieron incluir las bonificaciones, asignaciones y bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.883: Artículo 1°, inciso primero, que otorga reajuste a las remuneraciones del sector público; artículo 58, incisos primero y tercero, que establecen exclusiones al reajuste.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el Superintendente del Medio Ambiente tenía derecho a la actualización de rentas dispuesta por el artículo 1° de la ley N° 20.883.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) señala que, de acuerdo al artículo 58 de la ley N° 20.883, aquellos empleados cuyo promedio mensual de remuneración líquida de carácter permanente, d...
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