Contraloría - Dictamen N° 25026 2017
Cese pensionado CAPREDENA contratado CTR
Abstracto
Dictamen 25026 de 2017. Se determina que un pensionado de CAPREDENA contratado bajo el Código del Trabajo en el Comando de Bienestar del Ejército, debe cesar sus funciones según las causales aplicables a los funcionarios civiles de las Fuerzas Armadas, no por las del Código del Trabajo.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Jorge Burdiles García
- Materia: Cese de funciones de pensionado de CAPREDENA contratado bajo el Código del Trabajo en el Comando de Bienestar del Ejército.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente impugna que su cese se haya dispuesto por las causales establecidas para los funcionarios civiles de las Fuerzas Armadas y no por las del Código del Trabajo.
- Hechos relevantes: El señor Burdiles García fue contratado a partir del 1° de junio de 2008, afecto al Código del Trabajo.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.948, Ley N° 18.458 (art. 1 y art. 10), Ley N° 20.735
- Reglamentos: DFL N° 1/97 (art. 254, letra c), del Ministerio de Defensa Nacional
- Código del Trabajo: Artículos 161, 162 (inciso 4), 163
- Decreto Ley: DL N° 3.500/80
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la normativa aplicable al cese de funciones de un pensionado de CAPREDENA contratado bajo el Código del Trabajo en el Comando de Bienestar del Ejército.
- Argumentación CGR: El cese de los pensionados de CAPREDENA regidos por el Código del Trabajo debe disponerse conforme a las causales de los funcionarios civiles de las Fuerzas Armadas, por ser las que guardan mayor similitud con las labores realizad...
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