Contraloría - Dictamen N° 25664 2017
Improcedencia bono retroactivo por sala cuna
Abstracto
Dictamen 25664 de 2017. La CGR señala que no procede el pago retroactivo de un bono compensatorio por sala cuna a funcionarias de la UMCE, ya que no se cumplen los requisitos excepcionales establecidos en la jurisprudencia vigente.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Funcionarias de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación (UMCE)
- Materia: Improcedencia pago retroactivo bono compensatorio por sala cuna.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Las señoras Belén Barahona Rodríguez y Nicole Cárcamo Avilés, funcionarias de la UMCE, consultan sobre la procedencia de un bono compensatorio retroactivo ante la imposibilidad de llevar a sus hijos a la sala cuna debido a problemas de salud.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: No se menciona.
- Leyes: Artículo 194, inciso primero, del Código del Trabajo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede el pago retroactivo de un bono compensatorio por sala cuna a las funcionarias.
- Argumentación CGR: La CGR se basa en su jurisprudencia que establece que la obligación del empleador es otorgar el beneficio de sala cuna a través de un establecimiento o contratando el servicio, siendo improcedente sustituirlo por un pago en dinero, salvo la excepción contemplada en el dictamen N° 68.316, de 16 de septiembre de 2016.
- Jurisprudencia administrativa: Se cita el dictamen N° 68.316, de 16 de septiembre de 2016, que establece una excepción para el cumplimiento alternativo de la obligación de otorgar...
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