Contraloría - Dictamen N° 28183 2017
Término anticipado Contratos Honorarios Sin Aviso
Abstracto
Dictamen 28.183 de 2017 de la CGR cursa con alcance resoluciones de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile sobre contratos a honorarios. Señala que el aviso previo de 30 días para el término anticipado no es aplicable, según dictámenes 27.290 y 32.875 de 2010.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Agencia de Cooperación Internacional de Chile
- Materia: Cursa con alcance resoluciones sobre contratos a honorarios.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Resoluciones N°s. 16 y 18, de 2017, de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, que aprueban contratos de prestación de servicios a honorarios a suma alzada.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Aplicabilidad de la cláusula de aviso previo de 30 días en caso de término anticipado de contratos a honorarios.
- Argumentación CGR: El párrafo tercero de la cláusula segunda de los convenios adjuntos, que obliga a dar un aviso previo de 30 días en caso de término anticipado, no es aplicable en los términos establecidos en ella.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes Nos 27.290 y 32.875, ambos de 2010, de la Contraloría General de la República.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Se cursan con alcance los actos administrativos.
- Criterios establecidos: Basta que el servicio adopte la decisión de término anticipado en forma pura y simple, notificándosela al afectado.
VII. RELACIÓN CON JURISPRUDENCIA
- Confirma dictámenes: 27.290 y 32.875, ambos de 2010....
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