Contraloría - Dictamen N° 28718 2017
Cotización salud pensionado Ley 19992
Abstracto
Dictamen 28718 de 2017. Se determina que un pensionado de reparación (Ley 19.992) debe cotizar para salud, salvo exención legal. Aplica dictamen 984/2016. Se instruye al IPS verificar posible exención según Ley 20.531.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Jorge Ayres Mangas
- Materia: Legalidad de descuentos por cotización de salud en pensión de reparación (Ley N° 19.992).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente, titular de una pensión de reparación (Ley N° 19.992), cuestiona los descuentos por cotización de salud, argumentando ser beneficiario del Programa de Reparación y Atención Integral de Salud.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 19.992: Artículo 9°, complementa el artículo séptimo de la Ley N° 19.980, incorporando beneficiarios al Programa de Reparación y Atención Integral de Salud.
- Decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud: Fija el texto refundido del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes Nos 18.933 y 18.469, regulando el derecho constitucional a la protección de la salud.
- Artículo 135, letra d): Define como afiliados al sistema de prestaciones de salud a quienes gocen de pensión previsional.
- Ley N° 18.754: Artículo 1°, establece que los pensionados de regímenes previsionales cotizarán un 7% de sus pensiones para salud.
- Leyes N° 20.255: Artículos 46, 47 y 48, se refieren a la Superintendencia de Pensiones.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: ¿Está exento de cotizar para salud un pensionad...
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