Contraloría - Dictamen N° 36839 2017
Superintendencia de Pensiones cuota mortuoria
Abstracto
Dictamen 36839 de 2017. Reclamo por denegación de cuota mortuoria. CGR determina que es la Superintendencia de Pensiones, según DL 3500/80 artículo 88, la entidad competente para verificar la procedencia del otorgamiento de la cuota mortuoria.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Eduardo García Peters
- Materia: Competencia para determinar el otorgamiento de la cuota mortuoria.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por la denegación del Instituto de Previsión Social (IPS) al pago de la cuota mortuoria generada por el fallecimiento de su madre, pensionada del antiguo régimen.
- Hechos relevantes: La madre del recurrente, si bien era pensionada del antiguo régimen, permanecía adscrita al sistema de capitalización individual desde 1984.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Decreto Ley N° 3.500, de 1980, artículo 88; Ley N° 19.880, artículo 14, inciso segundo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la entidad competente para resolver sobre el otorgamiento de la cuota mortuoria en el caso de una persona fallecida adscrita al sistema de capitalización individual.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) se remite a su jurisprudencia administrativa previa, específicamente a los oficios Nos 37.157, de 2010 y 92.017, de 2015.
V. PRONUNCIAMIENTO
- La CGR determina que la Superintendencia de Pensiones es la entidad encargada de verificar la procedencia del otorgamiento de la cuota mortuoria.
VI. EFECTOS Y APLICACIÓN
- La CGR remite los ...
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