Contraloría - Dictamen N° 38152 2017
Notificación electrónica válida procedimiento sancionatorio
Abstracto
El Dictamen N° 38152 de 2017 establece que la Superintendencia de Educación actuó correctamente al notificar la resolución exenta N° 1.091 a la dirección de correo electrónico registrada por la sostenedora, conforme a la Ley N° 20.529, artículo 68.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Sociedad Servicios Educacionales Midez Limitada
- Materia: Legalidad de la notificación por correo electrónico en procedimiento administrativo sancionador seguido por la Superintendencia de Educación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Cuestionamiento a la notificación de la resolución exenta N° 1.091 de 2016 de la Superintendencia de Educación.
- Hechos relevantes: La resolución acogió un recurso de reclamación disminuyendo una sanción impuesta inicialmente, pero la sostenedora alega no haber sido notificada a la casilla de correo electrónico actualizada en el Sistema de Información General de Estudiantes (SIGE).
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.529: Artículos 68, 73, 84 y 85 (Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación).
- Ley N° 19.880: Artículos 19 y 30 letra a (Procedimiento Administrativo).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la notificación de la resolución exenta N° 1.091 se ajustó a derecho, considerando la dirección de correo electrónico utilizada por la Superintendencia de Educación.
- Argumentación CGR: La CGR señala que, si bien la Ley N° 20.529 regula un procedimiento especial de reclamación, no establece la forma precisa de notificar actos ...
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