Contraloría - Dictamen N° 1145 2018
Fiscalización propaganda electoral competencia Servicio Electoral
Abstracto
Dictamen 1145 de 2018. Se remiten al Servicio Electoral presentaciones sobre infracciones a normas de propaganda electoral (artículo 30, ley 18.700), cuya fiscalización le compete según el artículo 144 de la misma ley. Aplica dictámenes 75318/2016 y 24143/2015.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Pío Ortega Reyes
- Materia: Fiscalización de infracciones a normas sobre propaganda y publicidad electoral.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Denuncia contra el alcalde de la Municipalidad de El Monte, don Francisco Gómez Ramírez, por infracción al artículo 30, inciso cuarto, de la ley N° 18.700, rechazada por el Servicio Electoral.
- Hechos relevantes: El recurrente, Pío Ortega Reyes, denunció que las invitaciones a eventos oficiales del municipio le fueron cursadas por correo electrónico con escasa antelación.
- Documentación asociada: Resolución N° 1.076 de 2016 y oficio N° 8.325 de 2017, ambos del Servicio Electoral.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 18.700: Artículo 30, inciso cuarto, y artículo 144, inciso segundo.
- Ley 18.556: Artículos 70B, letra c), y 70D.
- Ley 19.880: Artículo 14, inciso segundo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinación del órgano competente para fiscalizar infracciones al artículo 30, inciso cuarto, de la ley N° 18.700.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) se remite a lo dispuesto en los artículos 144, inciso segundo, de la ley N° 18.700, y 70 B, letra c), y 70 D, ambos de la ley N° 18.556, que radican en el Servicio Electo...
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