Contraloría - Dictamen N° 8712 2018
Retraso en convenio, Dirección Vialidad
Abstracto
El Dictamen 8712 de 2018 cursa con alcances la resolución N° 74 de 2018 de la Dirección de Vialidad, por retraso en la dictación del convenio ad-referéndum N° 2, infringiendo el artículo 8° de la ley N° 18.575 y el artículo 7° de la ley N° 19.880.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Dirección de Vialidad
- Materia: Cursa con alcances la resolución que aprueba convenio ad-referéndum por retraso en su dictación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Aprobación del convenio ad-referéndum N° 2, relativo a la “Asesoría a la inspección fiscal de la obra ampliación ruta 7, sector río Puelche-Pelluco, región de Los Lagos”.
- Hechos relevantes: El acuerdo sancionado fue suscrito el 14 de septiembre de 2017, evidenciando un retraso en su dictación.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.575, artículo 8°; Ley N° 19.880, artículo 7°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el retraso en la dictación del convenio ad-referéndum infringe la normativa vigente.
- Argumentación CGR: El retraso infringe el artículo 8° de la ley N° 18.575 y el artículo 7° de la ley N° 19.880, que imponen a los organismos públicos el deber de actuar con celeridad.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N°s 15.139 de 2014, 88.518 y 2.238 de 2016, y 37.595 de 2017.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Se cursa con alcances la resolución N° 74 de 2018 de la Dirección de Vialidad.
- Criterios establecidos: Se reitera la importancia de la celeridad en los trámites admini...
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