Contraloría - Dictamen N° 12288 2018
Improcedencia viáticos censo abreviado 2017
Abstracto
Dictamen 12288 de 2018. FENATRAVI consulta sobre pago de viáticos a funcionarios públicos por Censo Abreviado 2017. CGR determina que no procede el pago, al corresponder a una carga pública obligatoria según la ley 17.374, artículo 45.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Federación Nacional de Trabajadores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (FENATRAVI)
- Materia: Improcedencia del pago de viáticos a funcionarios públicos por participación en el Censo Abreviado 2017.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la procedencia del pago de viáticos a funcionarios públicos que participaron en el Censo Abreviado 2017, según los artículos 78 y 98, letra e), de la ley N° 18.834.
- Hechos relevantes: El Ministerio de Vivienda y Urbanismo y el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) informaron que no resulta aplicable el pago de viáticos en este caso. El INE señaló que se contemplaron recursos para traslados y colaciones de los censistas.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 18.834: Artículos 78 y 98, letra e), sobre cometidos funcionarios y derecho a viáticos.
- DFL N° 262/1977: Artículo 1°, Reglamento de viáticos para el personal de la Administración Pública.
- Ley N° 17.374: Artículos 19 y 45, sobre la participación de funcionarios en encuestas, estadísticas y censos oficiales.
- Ley N° 20.981: Glosa 04 del programa Censos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), sobre compensación con descanso complementario.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- *Cuestión jurídi...
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