Contraloría - Dictamen N° 12489 2018

Cauciones en Municipalidades: Distintos ámbitos

Abstracto

Dictamen 12489 de 2018. La CGR señala que no existe contradicción entre el artículo 38 de la ley 18.695 y el artículo 68 del decreto 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, ya que regulan cauciones con diferentes ámbitos de aplicación.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Municipalidad de Huechuraba
  • Materia: Diferencia en la aplicación de cauciones según Ley N° 18.695 y Dto. N° 250/2004.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de aclaración sobre una posible contradicción entre el artículo 38 de la ley N° 18.695 y el inciso final del artículo 68 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, respecto al monto para determinar la obligación de presentar cauciones en concesiones, permisos o contratos municipales.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Ley N° 18.695, artículos 36, 38, 66 (incisos 1 y 2); Ley N° 19.886, artículos 1 (inciso 1) y 11.
  • Reglamentos: Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, artículo 68 (inciso final).

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si existe contradicción entre el artículo 38 de la ley N° 18.695 y el inciso final del artículo 68 del decreto N° 250, de 2004, en relación a las cauciones exigibles a quienes obtienen concesiones o permisos municipales o contratan con la municipalidad.
  • Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) argumenta que las cauciones aludidas en el artículo 38 de la ley N° 18.695 y el inciso final del artículo 68 del decreto N° 250, de 2004, tienen ámbitos de a...

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