Contraloría - Dictamen N° 18731 2018
Pensión orfandad pago desde solicitud
Abstracto
Dictamen 18731 de 2018. Pensión de orfandad de la ex Caja de Retiros y Previsión de los Ferrocarriles del Estado. Se aplica el criterio del dictamen 15022/2007. Se concede pensión desde la fecha de solicitud, conforme a la ley 19260, artículo 4.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: María Cristina Bravo Navarrete
- Materia: Pensión de orfandad de la ex Caja de Retiros y Previsión de los Ferrocarriles del Estado, solicitada fuera de plazo.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pago retroactivo de pensión de orfandad desde el fallecimiento del padre de la recurrente, ocurrido en julio de 2004.
- Hechos relevantes: El IPS reconoció el beneficio, pero estableció el pago a contar del 5 de septiembre de 2017.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 12.522: Artículo 3° (derecho a pensión de orfandad de hijas solteras o viudas).
- Ley N° 19.260: Artículo 4° (imprescriptibilidad del derecho a pensión y pago desde la solicitud).
- Ley N° 20.255: Artículos 47 y 48 (referencia a la Superintendencia de Pensiones).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar desde qué fecha corresponde el pago de la pensión de orfandad solicitada fuera del plazo de dos años desde el fallecimiento del causante.
- Argumentación CGR: El derecho a la pensión es imprescriptible (ley 19.260), pero las mensualidades se pagan desde la fecha de la solicitud si se excede el plazo de dos años.
- Jurisprudencia administrativa: Se aplica el criterio del dictamen N° 15.022 de 2007.
V. PRONUNCIAMIENT...
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