Contraloría - Dictamen N° 19166 2018
CENABAST aplica ley 19886 importaciones
Abstracto
Dictamen 19166 de 2018. CENABAST consulta sobre aplicación de la ley 19.886 a importaciones según artículos 94 y 99 del Código Sanitario y ley 20.850. Se ratifica que dichas importaciones deben ajustarse a la ley 19.886.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (CENABAST)
- Materia: Aplicación de la ley N° 19.886 a las importaciones realizadas por CENABAST.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: CENABAST consulta si la ley N° 19.886 es aplicable a las importaciones que realiza para cumplir con los artículos 94 y 99 del Código Sanitario y la ley N° 20.850.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: No se mencionan artículos específicos.
- Leyes:
- Ley N° 19.886, artículo 1, inciso 1; artículo 3.
- Código Sanitario, artículo 94, inciso 3; artículo 99, inciso 2.
- Ley N° 20.850, artículo 31, incisos 1, 2 y 3.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si las importaciones realizadas por CENABAST están sujetas a la ley N° 19.886.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) argumenta que no existe disposición legal que exima a CENABAST de aplicar la ley N° 19.886 a sus importaciones, incluso las realizadas para cumplir con el Código Sanitario y la ley N° 20.850.
- Jurisprudencia administrativa: Se aplica dictamen N° 65.498, de 2010, que establece que CENABAST debe realizar sus adquisiciones de acuerdo a la ley N° 19.886.
V. PRONUNCIAMIENTO
- *Decisión pri...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora