Contraloría - Dictamen N° 22064 2018
Improcedencia indemnización exfuncionaria a contrata
Abstracto
Dictamen 22064 de 2018. Exfuncionaria a contrata de la Subsecretaría de Obras Públicas no tiene derecho a indemnización por años de servicio al cesar por expiración del plazo de su contrata, conforme a jurisprudencia reiterada de la CGR.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: María Eugenia Pérez Díaz, exfuncionaria a contrata de la Subsecretaría de Obras Públicas.
- Materia: Improcedencia de indemnización por años de servicio para exfuncionaria a contrata.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a percibir indemnización por años de servicio.
- Hechos relevantes: La solicitante se desempeñó en la Subsecretaría de Obras Públicas desde el 1 de enero de 1994 hasta el 31 de diciembre de 2003.
- Documentación asociada: No se especifica.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley 18.834, artículo 153.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si a la exfuncionaria a contrata le asiste el derecho a percibir una indemnización por años de servicio.
- Argumentación CGR: La desvinculación se produjo por expiración del plazo contemplado en la contrata, según lo prevenido en el artículo 153 de la ley N° 18.834. La jurisprudencia de la CGR (dictamen N° 43.709, de 2010) ha establecido que a los funcionarios a contrata no les asiste tal beneficio, ya que la ley N° 18.834 no contiene disposición alguna que permita su otorgamiento.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes N° 43.709 de 2010, N° 6.555 de 2002 y N° 10.409 de 2015.
V. P...
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