Contraloría - Dictamen N° 24239 2018

Validez notificación destitución municipal

Abstracto

Dictamen 24239 de 2018. Luis Olcay Montti reclama nulidad de notificación de destitución a Luis Sepúlveda Barra (Municipalidad de Pemuco). CGR desestima reclamo, pues la municipalidad cumplió con el artículo 129 de la ley 18.883 al remitir carta certificada, estimándose válida la comunicación.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Luis Olcay Montti, en representación de don Luis Sepúlveda Barra, exfuncionario de la Municipalidad de Pemuco.
  • Materia: Validez de la notificación de decreto alcaldicio que aplica sanción de destitución.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Reclamo por la nulidad de la notificación del decreto alcaldicio N° 679, del 30 de marzo de 2016, de la Municipalidad de Pemuco, que aplicó la sanción de destitución a don Luis Sepúlveda Barra.
  • Hechos relevantes: El recurrente alega que la carta certificada enviada para notificar el decreto fue devuelta al municipio sin ser puesta en conocimiento del destinatario.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Ley N° 18.883, artículo 129, incisos primero y final.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar la validez de la notificación del decreto alcaldicio N° 679, considerando la devolución de la carta certificada.
  • Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) se basa en el artículo 129 de la ley N° 18.883, que regula las notificaciones en el proceso administrativo.
  • Principios interpretativos: Se aplica el principio de cumplimiento de la formalidad de la notificación por carta certificada.

V. PRONUNCIAMIENTO

  • Decisión principal: Se ...

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