Contraloría - Dictamen N° 24900 2018
Restitución pensión orfandad nulidad matrimonio
Abstracto
Dictamen 24900/2018. Yeny La Regla Garrido solicita restitución de pensión de orfandad. CGR indica que, según ley 12.522 art. 3° letra c), procede la restitución si el matrimonio anulado no fue declarado putativo, aplicando dictámenes 56977/2007 y 8864/1986.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Yeny La Regla Garrido
- Materia: Restitución de pensión de orfandad tras nulidad de matrimonio.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a restitución de pensión de orfandad.
- Hechos relevantes: El Instituto de Previsión Social (IPS) informa que tras el fallecimiento del padre de la recurrente, Domingo La Regla Soto, se concedió pensión de orfandad a sus hijos, incluyendo a la requirente, mediante resolución N° 915, de 1976, de la Caja de Retiro y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado. El beneficio fue terminado en 2016 al advertirse que la peticionaria perdió el estado civil de soltera en 1979.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 12.522, artículo 3°, letra c).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la recurrente tiene derecho a la restitución de la pensión de orfandad tras la anulación de su matrimonio.
- Argumentación CGR: La CGR señala que, según el dictamen N° 56.977, de 2007, el requisito de estar soltera para gozar del beneficio previsional debe existir al momento de la delación del beneficio y subsistir para su continuación. Consta que la señora La Regla Garrido contrajo matrimonio el 10 de agosto de 1979, el cual fue de...
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