Contraloría - Dictamen N° 25932 2018

Dictamen sobre tope de pensión de sobrevivencia Ley 15.386 y Ley 19.953

Abstracto

La Contraloría General confirma que a la pensión de sobrevivencia de la reclamante se le debe aplicar el tope máximo establecido en la Ley 15.386, ya que su cálculo excedía dicho límite legal vigente.

Resumen

  • Se analiza el reclamo de la señora Hermosina Aguilera Órdenes respecto a la determinación de su pensión de sobrevivencia, la cual habría sido afectada por la aplicación del tope establecido en el artículo 25 de la Ley N° 15.386.
  • El Instituto de Previsión Social aplicó el tope legal a la pensión de viudez, argumentando que su actuación se ajusta a derecho y a los criterios de la Contraloría General.
  • El artículo 1° de la Ley N° 19.953 establece que, a contar del 1 de septiembre de 2005, las pensiones de viudez equivaldrán al sesenta por ciento de la pensión del causante.
  • El artículo 25 de la Ley N° 15.386 prescribe un límite máximo para las pensiones, equivalente a ocho sueldos vitales escala A del departamento de Santiago, suma que se reajusta periódicamente.
  • La suma máxima permit...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora