Contraloría - Dictamen N° 26966 2018
Prescripción multas incumplimiento contractual plazo
Abstracto
Dictamen N° 26.966 de 2018. Se reitera que el plazo de prescripción de las multas originadas por incumplimiento contractual es de cinco años, según el artículo 2.515 del Código Civil, aplicando dictámenes N°s. 11.961/2018 y 20.033/2013.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Don Patricio Opazo Quesney, en representación de Servicios de Alimentación Alianza S.A.
- Materia: Plazo de prescripción aplicable a multas por incumplimiento contractual.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el plazo de prescripción de multas aplicadas por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB) a sus proveedores por incumplimientos contractuales y se deje sin efecto el dictamen N° 4.508, de 2013.
III. MARCO NORMATIVO
- Código Civil: Artículo 2.515.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar el plazo de prescripción aplicable a las multas derivadas de incumplimientos contractuales.
- Argumentación CGR: Se aplica el plazo de prescripción de cinco años establecido en el artículo 2.515 del Código Civil para las multas originadas en incumplimientos de obligaciones contractuales, conforme a la jurisprudencia administrativa reiterada.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes N°s. 50.606/2012, 20.033/2013 y 11.961/2018.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Se reitera el criterio de que el plazo de prescripción aplicable a las multas por incumplimiento contractual es de cinco años.
- Criterios establecidos: Las multas originadas en...
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