Contraloría - Dictamen N° 31198 2018
Hermanas Solteras: Seguro de Vida
Abstracto
Dictamen 31198 de 2018. Samia Riffka Bardawil reclama contra IPS por cobro de seguro de vida DFL 1340/30 bis. Se determina que hermanas solteras tienen derecho a recibir, en partes iguales, la mitad del seguro. Procede cobro por pago en exceso.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Samia Riffka Bardawil
- Materia: Reclamo contra el Instituto de Previsión Social (IPS) por cobro de suma pagada por seguro de vida.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: La recurrente reclama contra la decisión del IPS de exigirle la devolución de la suma pagada por el seguro de vida de su hermana fallecida, Marie Riffka Bardawil.
- Hechos relevantes: El IPS pagó a la recurrente $2.251.026 en 2016 como hermana soltera de la causante. Posteriormente, Zamira Riffka Bardawil, también hermana soltera, solicitó el mismo beneficio, lo que llevó al IPS a determinar que el pago inicial a Samia Riffka Bardawil fue excesivo.
III. MARCO NORMATIVO
- Decreto con fuerza de ley N° 1.340 bis, de 1930:
- Artículo 29, inciso primero: Define el seguro de vida como asignación por causa de muerte equivalente a un año y medio de la renta del imponente.
- Artículo 20: (mencionado en relación con el artículo 29).
- Artículo 31, N° 3: Establece que, a falta de madre viuda, las hermanas solteras o viudas tienen derecho al seguro de vida por partes iguales, correspondiéndoles solo la mitad del seguro.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el IPS actuó correctamente al exigir la devolución de parte del se...
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