Contraloría - Dictamen N° 7159 2019
Aprobación Objetivos Gestión Acuerdo Comité Técnico
Abstracto
Dictamen N° 7159 de 2019. La CGR señala que los objetivos de gestión institucional deben ser acordados por el Comité Técnico Municipal para ser propuestos al alcalde y sometidos al concejo municipal, conforme a la ley 19.803.
Resumen
IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Asociación de Funcionarios de la Municipalidad de San Joaquín
- Materia: Procedimiento para la aprobación de objetivos de gestión institucional en municipalidades.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud sobre si es procedente someter las metas institucionales a la aprobación del concejo municipal sin el acuerdo del Comité Técnico Municipal.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 19.803: Artículo 1°, 4°, 5°, 6° y 10 letra a).
- Leyes N°s. 20.008 y 20.198: Prorrogan la ley N° 19.803.
- Ley N° 18.883: Estatuto de los funcionarios municipales.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si es procedente que las metas institucionales sean sometidas a la aprobación del concejo municipal prescindiendo del acuerdo del Comité Técnico Municipal.
- Argumentación CGR: La formulación del programa de mejoramiento de la gestión institucional, que debe contener los objetivos, fue entregada a un organismo colegiado (Comité Técnico Municipal) conformado de manera paritaria por miembros que representan tanto a la autoridad como a los funcionarios. La propuesta entregada al alcalde debe ser fruto del acuerdo alcanzado en el seno de dicho órgano colegiado.
V. PRONUNCIAMIENTO
- No resulta procedente que las metas inst...
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