Contraloría - Dictamen N° 8580 2019
CONICYT ponderar eximir becario retribución
Abstracto
Dictamen 8580 de 2019. Se requiere a CONICYT ponderar eximir a becario de la obligación de retribución establecida en el DFL 22/81, artículo 7°, letra c), para acceder a nueva beca de postdoctorado según DTO 664/2008, artículo 7°, número 2.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Carlos Guevara Oliva
- Materia: Cumplimiento de obligación de retribución de becario y acceso a nueva beca de postdoctorado.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Presentación reclamando error en el cómputo del período de permanencia obligatorio en el Servicio de Salud Metropolitano Occidente (SSMOC) y la no autorización para suspender la obligación de retribución de una Beca Presidente de la República (BPR) para cursar un postdoctorado en el extranjero.
- Hechos relevantes: El recurrente obtuvo una BPR en 2007 para estudios de doctorado y se le adjudicó una beca de Postdoctorado en el Extranjero en 2017, pero no se ha suscrito el convenio debido al no cumplimiento de la obligación de retribución de la primera beca.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL 22/81 Educa: Artículo 7°, letra c), inciso tercero, sobre las obligaciones de los becarios de regresar al país por el doble del tiempo de duración de la beca.
- DTO 664/2008 Educa: Artículo 7°, numeral 2, que establece normas sobre el otorgamiento de Becas Chile, impidiendo ser beneficiario a quienes mantengan deudas o compromisos con las entidades ejecutoras.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el recurrente ha cumplido con su obligación de...
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