Contraloría - Dictamen N° 10353 2019
Pensión no contributiva a exonerados políticos
Abstracto
Dictamen 10353 de 2019. Juan Castillo Carvajal. El reconocimiento de la calidad de exonerado político no confiere, por sí solo, el derecho a acceder a una pensión no contributiva. Se rechaza la pretensión por no cumplir requisitos de la ley 19.234.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Juan Castillo Carvajal
- Materia: Pensión no contributiva a exonerado político
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de otorgamiento de pensión no contributiva por parte de un exonerado político.
- Hechos relevantes: El Instituto de Previsión Social (IPS) remitió el expediente al ex Ministerio del Interior. La Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública rechazó la petición por no acreditar vínculo laboral ni exoneración por motivos políticos.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 19.234: Artículo 3°, artículo 10 inciso primero, y artículo 12 inciso primero, que regulan los requisitos y procedimientos para acceder a pensiones no contributivas para exonerados políticos.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el reconocimiento de la calidad de exonerado político confiere automáticamente el derecho a una pensión no contributiva.
- Argumentación CGR: El reconocimiento de la calidad de exonerado político no es suficiente para acceder a la pensión. Es necesario cumplir con los demás requisitos establecidos en la ley N° 19.234.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Se rechaza la pretensión del recurrente.
- Criterios establecidos: La CGR no ...
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