Contraloría - Dictamen N° 12127 2019
Desahucio: Imposibilidad extender plazo pago
Abstracto
Dictamen 12127 de 2019. Se rechaza reconsideración sobre pago de desahucio a exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Oriente. El tiempo cotizado como imponente voluntario solo tiene efectos previsionales y no extiende el plazo para exigir el desahucio según DFL 338/60.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Juana Rosa Valdés Lamar, exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Oriente.
- Materia: Improcedencia del pago de desahucio y restitución de cotizaciones por prescripción.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del Oficio N° 45.156, de 2017, que ratificó el N° 30.634, de la misma anualidad, ambos de la Contraloría General de la República (CGR), que concluyeron que no le corresponde percibir el desahucio establecido en el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, por encontrarse prescrito el derecho a exigir su pago.
- Hechos relevantes: La recurrente fundamenta su requerimiento en que el tiempo durante el que cotizó como imponente voluntaria (1999 a 2006) debe entenderse como una prolongación de sus servicios.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL N° 338, de 1960: Artículos 102 y 103 (desahucio).
- DFL N° 338, de 1960: Artículo 382 (plazo para exigir el pago del desahucio: cinco años).
- Ley N° 18.834: Artículo 13 transitorio (derecho a desahucio para funcionarios en servicio activo al 23 de septiembre de 1989).
- DFL N° 1.340 bis, de 1930: Artículo 16, inciso primero (derecho a continuar voluntariamente acogido a la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas).
IV. ANÁLISIS...
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