Contraloría - Dictamen N° 15135 2019
Pago retroactivo bono sala cuna
Abstracto
Dictamen 15135 de 2019. Se pronuncia sobre el pago del bono compensatorio por sala cuna a funcionaria de DIPRECA, estableciendo que debe retrotraerse a la fecha de la solicitud, conforme al dictamen 6381 de 2018. Ordena reanudar el pago.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Marcela Rojas Meneses, funcionaria de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA)
- Materia: Pago retroactivo del bono compensatorio por concepto de sala cuna.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de revisión del período en que se otorgó el bono compensatorio por sala cuna a la recurrente.
- DIPRECA dispuso el pago del bono compensatorio a la funcionaria desde el 5 de marzo de 2018 (fecha de solicitud) mediante resolución exenta N° 1.121, de 2018.
- Resolución exenta N° 3.213, de 2018, modificó la anterior, precisando que el beneficio se concede hasta el 24 de marzo de 2019.
- La Fiscalía de DIPRECA, mediante comunicación interna N° 294, de 2019, informó que el pago debe efectuarse desde el 5 de marzo de 2018.
III. MARCO NORMATIVO
- Dictamen N° 6.381, de 2018, de la Contraloría General de la República.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar desde qué fecha debe pagarse el bono compensatorio por sala cuna a la funcionaria.
- Argumentación CGR: El pago del bono debe retrotraerse a la fecha de la solicitud, siempre que no sea anterior a la fecha de término del permiso postnatal parental.
- Se considera que el período otorgado a la reclamante se ajusta a derecho.
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