Contraloría - Dictamen N° E20111 2020
Improcedencia convenios Hospital DIPRECA con exfunsionario para atención particular
Abstracto
La Contraloría determina que el Hospital DIPRECA no puede suscribir convenios con exfesionarios acogidos a beneficios de ley para atender pacientes particulares, al no existir norma legal expresa que lo faculte.
Resumen
- El Hospital DIPRECA solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General sobre la procedencia de que un médico exfesionario, acogido a los beneficios de la Ley N° 20.948 del año 2016, atienda pacientes particulares en dicho recinto asistencial sin restituir los montos percibidos.
- La consulta se origina en la interpretación del Dictamen N° 15.394 de 2019, que admitió que médicos acogidos a la Ley N° 20.707 (similar en cuanto a bonificación por retiro voluntario) puedan suscribir convenios para atender pacientes particulares en recintos de salud del Sistema Nacional de Servicios de Salud, sin necesidad de restituir la bonificación percibida.
- El Dictamen N° 15.394/2019 basó su criterio en normas que facultan a los establecimientos asistenciales públicos del Sistema Nacional de Servicios...
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