Contraloría - Dictamen N° E44891 2020
Registro acuerdos ley 19.983 es público
Abstracto
Dictamen N° E44891 del 21 de octubre de 2020. El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo consulta sobre el carácter público del registro de acuerdos de extensión de plazos de pago de facturas. La CGR establece que el registro es público y que la información histórica también lo es, conforme a la Ley N° 19.983.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
- Materia: Carácter público del registro de acuerdos que extienden el plazo de pago de facturas de la ley N° 19.983.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo consulta a la Contraloría General sobre su facultad para publicar los acuerdos de extensión de plazos de pago de facturas inscritos en el registro del artículo 2° de la ley N° 19.983. Se pregunta si, de ser procedente la publicación, debe omitirse información de identificación de las partes y si la modificación sobre protección de datos personales permite publicar solo datos de empresas que inscribieron acuerdos con posterioridad a la reforma o si incluye también a las anteriores.
- Documentación asociada: Informe del Consejo para la Transparencia.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes:
- Ley N° 19.983, artículo 2°, inciso primero: Establece la obligación de pago del saldo insoluto de facturas en un plazo máximo de treinta días corridos desde su recepción.
- Ley N° 19.983, artículo 2°, inciso segundo: Permite excepcionalmente a las partes acordar un plazo superior al indicado en el inciso anterior, siempre que el acuerdo conste por escrito, sea suscrito por las partes y no constituya abuso para...
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