Contraloría - Dictamen N° E94012 2021
Dictamen complementa normas sobre contratos a plazo fijo en Centros de Formación Técnica
Abstracto
Este dictamen aclara que los contratos a plazo fijo para personal de CFT deben armonizarse con la Ley 18.575, exigiendo concurso público para la titularidad y limitando su transformación a indefinido para no eludir procesos de selección.
Resumen
- El dictamen aclara que los contratos a plazo fijo para personal académico de los Centros de Formación Técnica (CFT) no fueron excluidos por pronunciamientos anteriores.
- Los actos de designación o nombramiento de académicos en CFTs están afectos a toma de razón, requiriendo que el ingreso sea mediante contrato indefinido previo concurso público, según el artículo 44 de la ley N° 18.575.
- La titularidad del empleo en el sector público se refiere al acceso y ocupación permanente de un cargo, no a una categoría o calidad docente específica, diferenciándose de figuras temporales o precarias.
- El artículo 10, N° 6, del Código del Trabajo permite la contratación a plazo fijo de personal docente sin necesidad de un certamen de selección ni sometimiento a toma de razón para la contratación. -...
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