Contraloría - Dictamen N° E180681 2022

Subterráneos: ocupación del 70% siempre aplicable

Abstracto

Dictamen N° E180681 de 31 de enero de 2022. Responde a consulta de Natalia Peralta Grandón sobre la aplicación del artículo 2.6.3. de la OGUC. La Contraloría General de la República determina que las construcciones en primer subterráneo no pueden superar un 70% de ocupación de suelo o el porcentaje mayor fijado por el IPT, criterio que rige tanto si el IPT regula o no distanciamientos.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Natalia Peralta Grandón y Asociación de Oficinas de Arquitectos A.G.
  • Materia: Aplicación de normas de ocupación de suelo y distanciamientos para construcciones en el primer subterráneo según el artículo 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: La señora Natalia Peralta Grandón consulta sobre la juridicidad del Oficio ORD. Nº 55, de 2021, de la División de Desarrollo Urbano (DDU) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), que interpreta el inciso décimo tercero del artículo 2.6.3. de la OGUC. Ella sostiene que el límite del 70% de ocupación de suelo en el primer subterráneo, establecido en el numeral 1 del citado artículo, no es exigible cuando el Plan Regulador Comunal (PRC) ya dispone normas sobre distanciamientos (casos del numeral 2).
  • Hechos relevantes: El oficio ORD. Nº 55 se basa en el Oficio Circular Nº 005, de 2011 (DDU Específica Nº 1), que establece que, independientemente de la existencia de normas de distanciamiento en el IPT, la ocupación del primer subterráneo no debe superar el 70% de la superficie total del predio, o el porcentaje mayor que consigne el IPT.
  • Documentación asociada: Oficio ORD. Nº 55, de 2021 (DDU MINVU); Oficio Circular Nº 00...

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