Contraloría - Dictamen N° E205657 2022
Bono Asistentes Educación Financiamiento Subtítulo 21
Abstracto
Dictamen N° E205657 de 20/04/2022 de la CGR, consultado por la Superintendencia de Pensiones, aclara que el bono mensual del artículo 4° de la Ley N° 21.247 para asistentes de la educación, se financia con cargo al Subtítulo 21 del presupuesto del empleador, no del Fondo de Cesantía Solidario.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Superintendencia de Pensiones
- Materia: Financiamiento del bono mensual para asistentes de la educación previsto en el artículo 4° de la ley N° 21.247.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: La Superintendencia de Pensiones solicita a la Contraloría General de la República (CGR) aclarar si el bono mensual del artículo 4° de la ley N° 21.247, destinado a asistentes de la educación regidos por la ley N° 21.109, es de cargo del empleador o del Fondo de Cesantía Solidario de la ley N° 19.728.
- Documentación asociada: Informe del Ministerio de Educación y la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes:
- Ley N° 21.109, artículos 3° y 31: Establece que las relaciones laborales entre servicios locales y asistentes de la educación se rigen por esta ley, considerándolos funcionarios públicos y aportantes al seguro de cesantía.
- Ley N° 21.247, artículo 4°, inciso décimo segundo: Establece beneficios para padres, madres y cuidadores de niños, incluyendo la extensión del permiso postnatal parental y la posibilidad de suspender el contrato de trabajo. Su inciso décimo segundo, incorporado por la ley N° 21.351, otorga un permiso sin goce de remuneración por hasta tres meses con un bono mensual de...
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