Contraloría - Dictamen N° E273678 2022
Deudas Fiscales Incluidas en Declaración Patrimonio
Abstracto
Dictamen N° E273678 del 04-XI-2022. La CGR, a solicitud de la División de Auditoría, establece que las deudas fiscales y tributarias con la Tesorería General de la República deben declararse como pasivo en la Declaración de Intereses y Patrimonio (DIP), en virtud de la Ley N° 20.880 y su reglamento, ampliando el concepto de pasivo a toda deuda determinada.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Persona bajo reserva de identidad (denuncia) y Jefe de la División de Auditoría (destinatario del dictamen)
- Materia: Incorporación de deudas fiscales y/o tributarias con la Tesorería General de la República en la Declaración de Intereses y Patrimonio (DIP) de servidores públicos.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Denuncia anónima sobre una concejala (exconcejala) que no habría declarado una cuantiosa deuda con la Tesorería General de la República en su DIP.
- Hechos relevantes: La Tesorería General de la República confirma que la persona denunciada mantiene deudas vencidas por Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a la Renta y Reintegro/Devolución del artículo 97 del Código Tributario, ascendiendo a $2.321.571.445, con procedimientos de cobro ejecutivo incoados.
- Documentación asociada: Informes de la Subsecretaría General de la Presidencia, Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes:
- Ley N° 20.880, Sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses: Artículo 1° (probidad y prevención de conflictos), Artículo 7°, letra h) (obligación de declarar pasivo superior a 100 UTM), Artículo 7° inciso 5° (declaración voluntaria de otras fuentes...
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