Contraloría - Dictamen N° E281561 2022
Dictamen: Cálculo reajuste bono reconocimiento DIPRECA y sistema D.L. 3.500
Abstracto
El dictamen determina que DIPRECA debe liquidar y reajustar el bono de reconocimiento según Ley 18.458, aplicando el criterio de Dictamen 77.601/2012, dado que la afiliación del recurrente al sistema previsional ocurrió posterior a su retiro.
Resumen
- El derecho a bono de reconocimiento se concede al personal imponente de DIPRECA que se retira de su institución e se incorpora al sistema previsional establecido en el decreto ley N° 3.500, siempre que cuente con al menos doce cotizaciones mensuales en los cinco años anteriores a la cesación de servicios.
- La liquidación del bono de reconocimiento y su reajuste están regulados por la ley N° 18.458, específicamente en su artículo 4º, que detalla el cálculo de dicho estipendio y su ajuste por variación del IPC.
- El reajuste del bono de reconocimiento se efectúa entre la fecha del retiro del imponente y la fecha en que dicho trabajador se reincorpora al sistema del decreto ley N° 3.500, aplicando las normas transitorias pertinentes.
- El artículo 12 transitorio del decreto ley N° 3.500, d...
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