Contraloría - Dictamen N° E7030 2025
Dictamen Contraloría: Traspaso de personal a contrata con grado licenciado
Abstracto
La Contraloría General determina que para el traspaso de personal a contrata en grados 12-16, el grado académico de licenciado no requiere ser terminal, según lo dispuesto en la normativa aplicable.
Resumen
- El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural consulta si el grado de licenciado, que no posee el carácter de terminal, es suficiente para el traspaso de personal a contrata en grados 12-16 del estamento profesional.
- Las fuentes legales invocadas incluyen la Ley N° 21.405 (art. 45), Ley N° 20.948 (art. 18), DFL N° 35/2017 (art. 6), DFL N° 2/2009 (art. 54), DL 479/1974 (art. 3), y la Circular N° 8/2022 del Ministerio de Hacienda.
- La Ley N° 21.405 y su Circular N° 8/2022 del Ministerio de Hacienda regulan el traspaso de personal de honorarios a contrata, estableciendo que se deben cumplir los requisitos específicos de la ley de plantas del servicio.
- El Artículo 6º del DFL N° 35/2017 (Ministerio de Educación) establece como requisito alternativo para el ingreso y promoción a las planta...
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