Laboral - Rol O-857-2020
Despido injustificado rechazado, feriado proporcional acogido
Abstracto
2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, RIT O-857-2020. Demanda por despido injustificado y prestaciones. Se rechaza el despido injustificado por no acreditarse. Se acoge demanda por feriado proporcional, condenando a la demandada a pagar $110.363. Se rechaza la responsabilidad solidaria/subsidiaria de Ingenier
I. IDENTIFICACIÓN
- Tribunal: 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago
- RIT: O-857-2020
- RUC: 20-4-0249005-6
- Carátula: /CONSTRUCTORA MARTINEZ E HIJOS SPA
- Fecha sentencia: 23 de marzo de 2021
- Juez: , Juez Titular
II. PARTES Y REPRESENTACIÓN
- Demandante: , cesante, domiciliado en calle
- Representación demandante: No especificado
- Demandado: CONSTRUCTORA MARTINEZ E HIJOS SpA, del giro de su denominación, representada legalmente por , ambos domiciliados en calle
- Representación demandado: , abogado
- Demandado Subsidiario/Solidario: INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN SANTA SOFIA LTDA, del giro de su denominación, representada legalmente por doña , ambos domiciliados en calle
- Representación demandado Subsidiario/Solidario: , abogado, representada legalmente por , domiciliados para estos efectos en calle
III. ANTECEDENTES DEL CASO
- Relación laboral: El demandante señala que ingresó el 01 de mayo de 2015 como maestro de obras menores, prestando servicios bajo subordinación y dependencia de forma ininterrumpida hasta el 15 de noviembre de 2019. La demandada indica que la relación laboral se inició el 22 de Mayo de 2018, bajo un contrato de obra, para desempeñarse en la denominada obra “Obra Oriente Vitacura”.
- Hechos relevantes: El demandante indica que siempre prestó servicios para y , en distintas faenas. En 2018, Constructora Martínez e Hijos SpA cambió su RUT. El 15 de noviembre de 2019, tuvo una discusión telefónica con su jefe , culminando con su despido verbal y sin expresión de causa. La demandada niega el despido, señalando que el trabajador dejó de asistir a su lugar de trabajo.
- Causal de término invocada: Despido verbal sin expresión de causa según el demandante. La demandada niega el despido.
- Fecha de despido/término: 15 de noviembre de 2019 según el demandante.
IV. PRETENSIONES Y DEFENSAS
- Acciones interpuestas: Despido injustificado, cobro de prestaciones
- Prestaciones demandadas:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $487.000
- Indemnización por años de servicio (5 años): $2.435.000
- Recargo legal del 50% sobre la indemnización por años de servicio: $1.217.000
- Días trabajados del mes de noviembre 2019 (15 días): $243.500
- Feriado proporcional (11 días): $110.363
- Reajustes e intereses
- Costas
- Defensas y excepciones:
- La demandada Constructora Martínez e Hijos SpA niega el despido injustificado, señala que no adeuda remuneraciones ni cotizaciones, y que no corresponde el pago de indemnizaciones.
- La demandada Ingeniería y Construcción Santa Sofía Ltda. niega la existencia de subcontrato con la demandada principal Constructora Martínez e Hijos SpA en la obra indicada por el demandante. Controvierte la fecha de inicio de la relación laboral, las remuneraciones devengadas, el despido verbal, y la deuda por días trabajados y feriado proporcional.
- Reconvención: No existe
V. MARCO NORMATIVO APLICADO
- Código del Trabajo: Artículos 162, 168 letra b), 172, 173, 183-A y siguientes, 183-B, 446 y siguientes, 456, 459 y siguientes
VI. ANÁLISIS PROBATORIO
- Prueba documental:
- Demandante: Presentación de reclamo (20 de noviembre de 2019), acta de comparendo de conciliación (05 de diciembre de 2019), certificado de cotizaciones de AFP Hábitat (19 de diciembre de 2018), certificado de cotizaciones de AFP Próvida (13 de enero de 2020), liquidación de sueldo de abril de 2019, liquidación de sueldo de junio de 2019.
- Demandada Constructora Martinez e Hijos SpA: Solicitud de contratación (22 de mayo de 2018), contrato de trabajo (22 de mayo de 2018), certificado de pagos de cotizaciones previsionales (31 de marzo de 2020).
- Demandada Ingeniería y Construcción Santa Sofía Ltda.: Contrato de trabajo (02 de octubre de 2019), certificado de cotizaciones (02 de abril), liquidaciones de sueldo de octubre y noviembre de 2019.
- Prueba testimonial:
- (sobrino del demandante): Sus declaraciones son genéricas y no permiten establecer el despido verbal.
- Confesional:
- , representante legal de Constructora Martínez e Hijos SpA: No aporta información relevante sobre el despido.
- Exhibición de documentos: La parte demandante señala que la exhibición de las Planillas de dotación de personal de la empresa desde el 01 de mayo de 2015 al 15 de noviembre de 2019 está incompleta. La demandada principal señala que no existe tal documentación por periodos anteriores, puesto que la empresa no existía en esos periodos.
- Valoración conforme sana crítica: El tribunal señala que la prueba aportada por el demandante no es suficiente para acreditar el despido verbal. Las declaraciones del testigo no resultan suficientes para acreditar el despido verbal que se alega, sus declaraciones son genéricas y nada permiten establecer, lo que sabe del despido se lo dijo su tío; la confesional nada aporta referente al despido.
- Hechos acreditados: No se acreditó el despido verbal alegado por el demandante.
VII. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
- Análisis de la causal de despido: No se acredita el despido verbal, por lo tanto, no se analiza la procedencia o improcedencia de la causal.
- Interpretación normativa: El tribunal considera el contrato de trabajo suscrito entre el demandante y la empresa Ingeniería y Construcción Santa Sofía Ltda. para determinar que el demandante no pudo ser despedido por la demandada principal en la fecha indicada.
- Razonamiento judicial: El tribunal basa su decisión en la falta de pruebas que acrediten el despido verbal alegado por el demandante, y en la existencia de un contrato de trabajo vigente con la demandada solidaria al momento del supuesto despido.
VIII. DECISIÓN DEL TRIBUNAL
- Acoge/Rechaza demanda: Se rechaza la demanda de despido verbal en todas sus partes. Se acoge parcialmente la demanda de cobro de prestaciones.
- Condenas:
- Se condena a la demandada CONSTRUCTORA MARTINEZ e HIJOS SpA. a pagar al actor la suma de $110.363 por concepto de feriado proporcional.
- Costas: Cada parte pagará sus costas.
IX. ASPECTOS PROCESALES RELEVANTES
- Conciliación: El tribunal llamó a las partes a conciliación proponiendo bases de acuerdo, sin resultados positivos.
X. DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA
- Criterios jurisprudenciales citados: No se citan criterios jurisprudenciales específicos.
XI. IMPACTO Y PROYECCIONES
- Efectos para las partes: Constructora Martínez e Hijos SpA debe pagar $110.363 por concepto de feriado proporcional a . Cada parte debe pagar sus costas.
XII. OBSERVACIONES ESPECIALES
- Cuestiones no resueltas: No se identifican cuestiones no resueltas.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Tribunal: 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago
- RIT: O-857-2020
- RUC: 20-4-0249005-6
- Carátula: RETUERTO/CONSTRUCTORA MARTINEZ E HIJOS SPA
- Fecha sentencia: 23 de marzo de 2021
- Juez: Ricardo Antonio Araya Perez, Juez Titular
II. PARTES Y REPRESENTACIÓN
- Demandante: ROSELIN EUSEBIO RETUERTO GARAY, cesante, domiciliado en calle General Ordoñez N°890, Comuna de Maipú, Santiago
- Representación demandante: No especificado
- Demandado: CONSTRUCTORA MARTINEZ E HIJOS SpA, del giro de su denominación, representada legalmente por SERGIO EDUARDO MARTINEZ ORELLANA, ambos domiciliados en calle Lago Bolsena N°18481, comuna de Maipú, Santiago
- Representación demandado: BENJAMIN VERGARA CARRASCO, abogado
- Demandado Subsidiario/Solidario: INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN SANTA SOFIA LTDA, del giro de su denominación, representada legalmente por doña DORIS MIRIAM GROVE DIAZ, ambos domiciliados en calle Rodrigo de Triana N° 8966, comuna de La Florida, Santiago
- Representación demandado Subsidiario/Solidario: BENJAMIN VERGARA CARRASCO, abogado, representada legalmente por ALEJANDRA PEÑA SERRANO, domiciliados para estos efectos en calle Rodrigo de Triana N° 8699, comuna de La Florida, Santiago
III. ANTECEDENTES DEL CASO
- *Relación...
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