Penal - Rol O-1028-2018

MP C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pichilemu. * RIT: 1028-2018. * RUC: 1801090555-5. * Fecha: 07 de noviembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * El 06 de noviembre de 2018, a las 11:45 horas, condujo una camioneta (P.P.U. RF3429) en la intersección de calle Comercio con Sal Luis, Pichilemu, involucrándose en un accidente de tránsito. * Reyes Rojas tenía prohibición de conducir vehículos motorizados impuesta el 04 de octubre de 2018, en la causa RIT 596-2018.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehículo durante la vigencia de una sanción impuesta, según el artículo 209 de la Ley 18.290. * Pena: Sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual a beneficio fiscal. * Penas accesorias: Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de la pena privativa de libertad por reclusión parcial nocturna domiciliaria, con encierro entre las 22:00 y las 06:00 horas. * Exención del pago de costas, debido a la admisión de responsabilidad por parte del imputado.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Domicilio: .

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N° 9 del Código Penal). * Agravante: No se especifica en el resumen el tipo de agravante (artículo 12 N° 16 del Código Penal).

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se mencionan explícitamente en el resumen.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La decisión se basa en la acreditación del delito de conducción de vehículo motorizado durante la vigencia de una sanción, junto con la concurrencia de una atenuante y una agravante, lo que influyó en la determinación de la pena. * Se consideró la aplicación de la Ley 18.216 para sustituir la pena de presidio por reclusión parcial domiciliaria. * Se tuvo en cuenta la admisión de responsabilidad del imputado.

Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Código Penal: Artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 50, 67, 69 y 70. * Ley 18.290 (Ley de Tránsito): Artículo 209 y siguientes. * Código Procesal Penal: Artículos 45, 47, 295, 297, 340, 388 y siguientes. * Ley 18.216 (Establece penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad): Artículos 1, 7 y siguientes.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Cumplimiento de la reclusión parcial nocturna domiciliaria, sujeto a control telemático, dependiendo de la factibilidad técnica. * Si la factibilidad técnica es positiva, el Centro de Reinserción Social de San Fernando coordinará la instalación del dispositivo. * Si la factibilidad técnica es negativa, el cumplimiento se verificará mediante rondas periódicas y aleatorias al domicilio del sentenciado, por Carabineros. * En caso de quebrantamiento o incumplimiento, se aplicará lo dispuesto en el artículo 25 y siguientes de la Ley 18.216.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * Las partes renunciaron a los plazos y recursos legales, por lo que la sentencia se considera ejecutoriada.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pichilemu. * RIT: 1028-2018. * RUC: 1801090555-5. * Fecha: 07 de noviembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Simplificado.

Hechos acreditados: * El 06 de noviembre de 2018, a las 11:45 horas, condujo una camioneta (P.P.U. RF3429) en la intersección de calle Comercio con Sal Luis, Pichilemu, involucrándose en un accidente de tránsito. * Reyes Rojas tenía prohibición de conducir vehículos motorizados impuesta el 04 de octubre de 2018, en la causa RIT 596-2018.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehículo durante la vigencia de una sanción impuesta, según el artículo 209 de la Ley 18.290. * Pena: Sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual a beneficio fiscal. * Penas accesorias: Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de la pena privativa de libertad por reclusión parcial nocturna domiciliaria, con encierro entre las 22:00 y las 06:00 horas. * Exención del pago de costas, debido a la admisión de responsabilidad por parte del imput...

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