Penal - Rol O-1384-2018

M.P. C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Curicó. * RIT: 1384-2018. * RUC: 1800249217-9. * Fecha de la sentencia: 8 de enero de 2019. * Tipo de procedimiento: Abreviado.

Hechos acreditados: 1. 29 de octubre de 2017: (ex conviviente) se presentó en el domicilio de (víctima) en Calle Nicaragua N° 1402, Curicó, gritándole improperios, infringiendo la medida cautelar que le prohibía acercarse al domicilio de la víctima (causa RIT F-553-2017). 2. 22 de febrero de 2018 (04:20 horas aprox.): fue al domicilio de la víctima en pasaje 9 Valle Don Felipe, casa N° 243, Curicó, saltó la reja, gritó amenazas de muerte y de destruir su hogar. Incumplió la medida cautelar de prohibición de acercamiento (RIT 5413-2017). 3. 12 de marzo de 2018 (23:25 horas aprox.): fue al domicilio de la víctima en Valle Don Felipe, pasaje 9 N° 243, Curicó, la amenazó de muerte, golpeó el candado del portón e intentó entrar, lanzó piedras quebrando vidrios, e incumplió las medidas cautelares de los RIT F-553-2017, 5413-2017 y 1087-2018.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Autor de tres delitos de desacato en contexto de violencia intrafamiliar (artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 5 de la Ley 20.066): Penas de 200 días de presidio menor en su grado mínimo por cada delito. * Autor de dos delitos de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar (artículo 296 N°3 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley 20.066): Penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por cada delito.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. * Prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio y a cualquier lugar donde se encuentre, por tres años (artículo 9 letra B, Ley 20.066). * Prohibición de portar o tener armas de fuego por tres años (artículo 9 letra C, Ley 20.066). * Sustitución de las penas privativas de libertad por reclusión parcial nocturna.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Fecha de nacimiento: 4 de mayo de 1974. * Domicilio: . * Ocupación: No especificada. * Antecedentes penales: No se mencionan.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Artículo 11 N° 9 del Código Penal (no especificado). * Agravantes: No concurren.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Los hechos descritos y la acreditación de la participación del imputado en los mismos. * La aplicación de la Ley de Violencia Intrafamiliar. * La procedencia de sustituir la pena privativa de libertad por reclusión parcial nocturna, considerando los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216.

Disposiciones legales determinantes: * Artículo 240 del Código de Procedimiento Civil. * Artículo 5 y 9 de la Ley 20.066. * Artículo 296 N°3 del Código Penal. * Artículo 11 N° 9 del Código Penal. * Artículo 8 de la Ley N°18.216.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El imputado deberá cumplir la reclusión parcial nocturna en su domicilio (), entre las 22:00 y las 06:00 horas. * Se requerirá a Gendarmería de Chile un informe de factibilidad técnica para la implementación de un sistema de monitoreo telemático. * Si el informe es favorable, el cumplimiento de la reclusión parcial será controlado mediante monitoreo telemático. * Si el informe es desfavorable, el control se realizará mediante visitas domiciliarias de Carabineros. * El imputado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Curicó entre el 22 y 23 de enero de 2019. * Si la pena sustitutiva es revocada o quebrantada, el imputado deberá cumplir íntegramente la pena privativa de libertad impuesta o se le impondrá una pena sustitutiva de mayor intensidad o se intensificarán las condiciones decretadas.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Curicó. * RIT: 1384-2018. * RUC: 1800249217-9. * Fecha de la sentencia: 8 de enero de 2019. * Tipo de procedimiento: Abreviado.

Hechos acreditados: 1. 29 de octubre de 2017: (ex conviviente) se presentó en el domicilio de (víctima) en Calle Nicaragua N° 1402, Curicó, gritándole improperios, infringiendo la medida cautelar que le prohibía acercarse al domicilio de la víctima (causa RIT F-553-2017). 2. 22 de febrero de 2018 (04:20 horas aprox.): fue al domicilio de la víctima en pasaje 9 Valle Don Felipe, casa N° 243, Curicó, saltó la reja, gritó amenazas de muerte y de destruir su hogar. Incumplió la medida cautelar de prohibición de acercamiento (RIT 5413-2017). 3. 12 de marzo de 2018 (23:25 horas aprox.): fue al domicilio de la víctima en Valle Don Felipe, pasaje 9 N° 243, Curicó, la amenazó de muerte, golpeó el candado del portón e intentó entrar, lanzó piedras quebrando vidrios, e incumplió las medidas cautelares de los RIT F-553-2017, 5413-2017 y 1087-2018.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Autor de tres delitos de desacato en contexto de violencia intrafamiliar (artículo 240 de...

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