Penal - Rol O-176-2018

MP C/

Abstracto

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco condenó a Diego Matías Esparza Garrido y Leonel Antonio Villa Villa como autores del delito consumado de robo en lugar habitado, simulando autoridad, previsto en el artículo 440 N° 3 del Código Penal. Se les impuso la pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo, más accesorias legales. Los hechos ocurrieron el 31 de mayo de 2018, cuando los acusados, haciéndose pasar por funcionarios de la PDI con documentación falsa, ingresaron al domicilio de C.A.D.P. en calle Los Álamos N°0949, Labranza, Temuco, sustrayendo especies y dinero avaluado en $2.000.000. La fiscalía sustentó su acusación en testimonios y pruebas periciales, mientras que la defensa solicitó la absolución argumentando la debilidad de la prueba y un concurso aparente de leyes. El tribunal basó su decisión en el testimonio de la víctima, declaraciones de la PDI, pruebas periciales y videos, concluyendo que la simulación de autoridad fue el medio para cometer el robo. Se descartaron agravantes y atenuantes específicas.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal Oral en lo Penal de Temuco * RUC: 18 00 53 90 56-3 * RIT: 176-2018 * Fecha: 8 de enero de 2019 * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: El 31 de mayo de 2018, aproximadamente a las 09:15 horas, , en compañía de un sujeto desconocido, y (quien esperaba en un vehículo), simularon ser funcionarios de la Policía de Investigaciones (PDI) con un "Certificado de allanamiento" falso, ingresando al domicilio de C.A.D.P. en calle Los Álamos N°0949, Villa El Bosque, Labranza, Temuco. Sustrajeron dos televisores, zapatillas, un celular, un notebook, una casaca y $400.000 en efectivo, con un avalúo de $2.000.000. Luego huyeron en un vehículo Nissan modelo Note.

Calificación jurídica y pena impuesta: Se condenó a y como autores del delito consumado de robo en lugar habitado, simulando autoridad, previsto en el artículo 440 N° 3 del Código Penal. Se les impuso la pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo, más accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares.

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