Penal - Rol O-348-2018

MINISTERIO PUBLICO C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. * RIT: 348-2018. * RUC: 1800311882-3. * Fecha de la sentencia: 6 de febrero de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * El 29 de marzo de 2018, aproximadamente a las 14:00 horas, la víctima, RESERVADO, se encontraba en un bus de la locomoción colectiva, recorrido 516, por Avenida Grecia. Un sujeto le arrebató su teléfono celular de las manos y huyó del lugar. fue detenido posteriormente, pero no se encontró en su poder el teléfono sustraído. * La víctima fue empujada por el imputado al darle alcance al sujeto que sustrajo el celular, lo que le causó lesiones leves (erosiones en la rodilla).

Calificación jurídica y pena impuesta: * El tribunal recalificó el delito a robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo, en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, en grado consumado. * El tribunal decidió absolver al acusado .

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Fecha de nacimiento: 21 de abril de 1989 (29 años de edad al momento del juicio). * Estado civil: Soltero. * Ocupación: Temporero. * Domicilio: .

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * La Fiscalía reconoció la atenuante de irreprochable conducta anterior, aunque no tuvo impacto en la decisión final.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Inicialmente acusó por robo con violencia, solicitando 10 años y un día de presidio. Posteriormente, solicitó recalificar a robo por sorpresa y lesiones leves. Argumentó que el imputado era autor del delito y presentó pruebas testimoniales. * Defensa: Solicitó la absolución, argumentando que el acusado no participó en el robo ni en la fuga. Afirmó que la víctima se equivocó al señalar al imputado y que no existían pruebas suficientes para demostrar su culpabilidad.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró que la prueba aportada por la fiscalía no demostró, más allá de toda duda razonable, la participación del acusado en el robo. * Se acreditó la ocurrencia del robo por sorpresa, pero no la participación del imputado en el hecho. * El tribunal desestimó la calificación de robo con violencia debido a que no se probó la agresión física que sustentaba la acusación inicial. * Se basó en las contradicciones en los testimonios de la víctima y en que los Carabineros encontraron al acusado caminando solo en una plaza sin evidencia del robo.

Disposiciones legales determinantes: * Código Penal: Artículos 1, 14, 15, 432 y 436. * Código Procesal Penal: Artículos 48, 295, 297, 325 y siguientes, 340, 342, 343, 344 y 347.

Decisión final: * Absolución de . * Condena en costas al Ministerio Público. * Orden de devolución de los medios de prueba a los intervinientes. * Comunicación de la sentencia a los organismos correspondientes. * Remisión de los antecedentes al Juzgado de Garantía de Santiago para su cumplimiento.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. * RIT: 348-2018. * RUC: 1800311882-3. * Fecha de la sentencia: 6 de febrero de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.

Hechos acreditados: * El 29 de marzo de 2018, aproximadamente a las 14:00 horas, la víctima, RESERVADO, se encontraba en un bus de la locomoción colectiva, recorrido 516, por Avenida Grecia. Un sujeto le arrebató su teléfono celular de las manos y huyó del lugar. fue detenido posteriormente, pero no se encontró en su poder el teléfono sustraído. * La víctima fue empujada por el imputado al darle alcance al sujeto que sustrajo el celular, lo que le causó lesiones leves (erosiones en la rodilla).

Calificación jurídica y pena impuesta: * El tribunal recalificó el delito a robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo, en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, en grado consumado. * El tribunal decidió absolver al acusado .

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Fecha de nacimiento: 21 de abril de 1989 (29 años de edad al momento del juicio). * Estado civil: Soltero. * ...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora