Penal - Rol O-3562-2018
MP C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Osorno. * RUC: 1800679015-8. * RIT: 3562-2018. * Fecha de la sentencia: 4 de febrero de 2019. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * El 12 de julio de 2018, en causa RUC 1800675137-3, RIT 3557-2018 del Juzgado de Garantía de Osorno, se le impuso a la medida cautelar de abandono del inmueble ubicado en calle Pangue N° 712, Osorno, la prohibición de ingreso al mismo y la prohibición de acercarse a la víctima, , a su domicilio, lugar de trabajo y estudio, por 120 días. * Ese mismo día, 12 de julio de 2018, aproximadamente a las 14:30 hrs., concurrió al domicilio de , ubicado en calle Pangue N° 712, Osorno, ingresando al interior y causando daños en una ventana avaluados en $7.000. * En el lugar, amenazó a diciéndole "pásame la ropa y todas mis weas, te voy a matar", incumpliendo las medidas cautelares impuestas.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito de desacato, previsto y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil. Se le condena a 61 días de reclusión menor en su grado mínimo. * Delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar (VIF), previsto y sancionado en el artículo 296 n°3 del Código Penal. Se le condena a 41 días de prisión en su grado máximo. * Falta penal de daños, en grado de consumada, previsto y sancionado en el artículo 495 N°21 del Código Penal. Se le condena a una multa de un tercio de UTM.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se tienen por cumplidas las penas corporales y la multa, debido al tiempo que el sentenciado estuvo privado de libertad bajo prisión preventiva (13 de julio al 20 de julio de 2018) y arresto domiciliario total (20 de julio de 2018 al 15 de enero de 2019). * Penas accesorias: prohibición de porte o tenencia de armas de fuego y obligación de someterse a un programa de tratamiento anti-alcohólico en el CESFAM de Ovejería Bajo, Osorno (por un año). * Omisión de las anotaciones de esta sentencia en el certificado de antecedentes (artículo 38 de la Ley 18.216).
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Domicilio: . * Antecedentes penales: No presenta anotaciones anteriores por crimen, simple delito o falta.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: artículo 11 N°9 del Código Penal (colaboración en la investigación). * Atenuante: artículo 11 N°6 del Código Penal (irreprochable conducta anterior).
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * La sentencia indica que el Ministerio Público presentó una acusación, que se tuvo como requerimiento en los términos del artículo 390 del Código Procesal Penal, y solicitó las penas específicas indicadas. No se detallan los argumentos específicos de la fiscalía y la defensa. * La defensa estuvo presente y el imputado admitió responsabilidad en los hechos.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El Tribunal da por establecidos los hechos debido a la admisión de responsabilidad del imputado y el mérito probatorio de los antecedentes presentados por el Ministerio Público. * Se reconocieron las atenuantes de los artículos 11 N°9 y 11 N°6 del Código Penal. * El Tribunal no podía imponer una sanción más desfavorable que la solicitada por el Ministerio Público. * Las consideraciones específicas que motivaron la sentencia se encuentran registradas en el audio de la audiencia.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 240 del Código de Procedimiento Civil (desacato). * Artículo 296 n°3 del Código Penal (amenazas en VIF). * Artículo 495 N°21 del Código Penal (falta de daños). * Artículo 11 N°6 y N°9 del Código Penal (atenuantes). * Artículo 395 del Código Procesal Penal (límites de la pena). * Artículo 92 N°1 de la Ley 19.968, en relación al artículo 7 de la Ley 20.066 y artículo 9 letras A y B de la Ley 2066 (medidas cautelares impuestas previamente). * Artículos 1, 3, 5, 7, 15, 25, 30, 50, 67, 69 de Código Penal. * Artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, 5, 9 y 16 de la Ley 20.066. * Artículo 348 del Código Procesal Penal. * Artículo 38 de la Ley 18.216. * Artículo 468 del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se indica suspensión condicional de la pena.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Osorno. * RUC: 1800679015-8. * RIT: 3562-2018. * Fecha de la sentencia: 4 de febrero de 2019. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * El 12 de julio de 2018, en causa RUC 1800675137-3, RIT 3557-2018 del Juzgado de Garantía de Osorno, se le impuso a la medida cautelar de abandono del inmueble ubicado en calle Pangue N° 712, Osorno, la prohibición de ingreso al mismo y la prohibición de acercarse a la víctima, , a su domicilio, lugar de trabajo y estudio, por 120 días. * Ese mismo día, 12 de julio de 2018, aproximadamente a las 14:30 hrs., concurrió al domicilio de , ubicado en calle Pangue N° 712, Osorno, ingresando al interior y causando daños en una ventana avaluados en $7.000. * En el lugar, amenazó a diciéndole "pásame la ropa y todas mis weas, te voy a matar", incumpliendo las medidas cautelares impuestas.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito de desacato, previsto y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil. Se le condena a 61 días de reclusión menor en su grado mínimo. * Delito de amenazas en contexto de viol...
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