Penal - Rol O-8570-2018
MP C/
Abstracto
La presente causa penal se tramita bajo RUC 1801159979-2 y RIT 8570-2018 ante el Juzgado de Garantía de Copiapó. La sentencia, dictada el 5 de marzo de 2019, resuelve un procedimiento simplificado. Los hechos establecen que en fecha 24 de noviembre de 2018, alrededor de las 11:00 horas, en la intersección de las calles Calama con José Antonio Sumarán, frente al local "Santa Cecilia" en Copiapó, los imputados y Haiter Eduardo Alfaro Martínez lanzaron objetos contundentes al frontis del local y a una camioneta KIA Frontier (PPU HJTH-99), causando daños avaluados en $180.000 pesos. Ambos fueron declarados autores del delito de daños simples, sancionado por el artículo 487 del Código Penal. La pena impuesta fue una multa de un tercio de UTM para cada uno, la cual se consideró cumplida por el tiempo que estuvieron en control de detención. Se les eximió del pago de costas. El imputado tiene domicilio en calle Crispin Reyes N° 1703, Copiapó. El imputado Haiter Eduardo Alfaro Martínez tiene domicilio en calle Almirante Latorre N° 1754, Ampliación Prat, Copiapó. Se consideró la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, sin concurrir agravantes. La sentencia oral se encuentra registrada conforme a la ley. Las partes renunciaron a los plazos, quedando la resolución firme.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Copiapó. * RUC: 1801159979-2 * RIT: 8570-2018 * Fecha de la sentencia: 5 de marzo de 2019. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * Fecha y hora: 24 de noviembre de 2018, aproximadamente a las 11:00 horas. * Lugar: Intersección de las calles Calama con José Antonio Sumarán, frente al local de alcoholes "Santa Cecilia" ("Chino Escuti"), en Copiapó. * Conducta: y Haiter Eduardo Alfaro Martínez lanzaron objetos contundentes al frontis del local y a una camioneta KIA Frontier (PPU HJTH-99). * Daños: Daños en la puerta derecha y el frontis de la camioneta, avaluados en $180.000 pesos.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Daños simples (artículo 487 del Código Penal). * Participación: Autores. * Grado de desarrollo: Consumado. * Pena: Multa de un tercio (1/3) de Unidad Tributaria Mensual (UTM) para cada imputado.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * La pena de multa se considerará cumplida por el día que pasaron en control de detención (24 y 25 de noviembre de 2018). * Exención del pago de las costas de la causa.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Imputado 1: [R...
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