Penal - Rol O-8694-2018
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: 9° Juzgado de Garantía de Santiago. * RUC: 1800929299-K * RIT: 8694-2018 * Fecha: 05-03-2019 (complemento de sentencia) * Tipo de procedimiento: Abreviado.
• Hechos acreditados: * Hecho 1: El 17 de septiembre de 2018, a las 21:40 horas aproximadamente, en el Servicentro Copec ubicado en , el imputado fue sorprendido portando un cuchillo en un bolsillo sin justificación razonable, siendo detenido e incautado. * Hecho 2: El 24 de septiembre de 2018, aproximadamente a las 02:50 horas, el imputado concurrió al Servicentro Copec ubicado en , simulando tener un cuchillo, exigió a la empleada la entrega de dinero, logrando obtener $23.000 y una cajetilla de cigarrillos, siendo detenido en posesión de las especies y el dinero.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Hecho 1: Delito de porte de arma cortopunzante en vía pública (artículo 288 bis del Código Penal). Pena de multa de 1/3 de UTM (ya cumplida con la privación de libertad del 24 de septiembre de 2018) y comiso del cuchillo. * Hecho 2: Robo con intimidación (artículos 436, inciso primero, en relación al artículo 432 y 439 del Código Penal). Pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Toma de muestra de huella genética (ADN). * Sin costas. * Pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por 3 años y 1 día.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Domicilio: * C.I.: * No se especifica edad u ocupación. * No se indica información sobre antecedentes penales, aunque la sentencia establece una pena de cárcel que podría indicar existencia.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Se reconocen las atenuantes del artículo 11 N°6 y 11 N°9 del Código Penal.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se mencionan argumentos específicos de la fiscalía ni de la defensa en el resumen proporcionado.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * No se detallan los fundamentos específicos del tribunal para su decisión en este documento.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 288 bis del Código Penal (porte de arma cortopunzante). * Artículo 436, inciso primero, en relación con los artículos 432 y 439 del Código Penal (robo con intimidación). * Artículo 11 N°6 y N°9 del Código Penal (atenuantes). * Artículo 15 bis, 17 y 17 bis, 17 ter letra a) de la Ley 18.216 (libertad vigilada intensiva y condiciones). * Artículo 372 ter del Código Penal (delitos sexuales)
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Se concede libertad vigilada intensiva por 3 años y 1 día, sujeta a las condiciones del artículo 15 bis de la Ley 18.216 y 17 y 17 bis, específicamente la 17 ter letra a): prohibición de aproximarse a los dos locales donde se cometieron los delitos y a la víctima, su domicilio o familiares. * En caso de revocación de la pena sustitutiva, se considerará como abono el tiempo transcurrido desde el 25 de septiembre de 2018 hasta el 05 de marzo de 2019.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se especifica información sobre recursos en el documento.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: 9° Juzgado de Garantía de Santiago. * RUC: 1800929299-K * RIT: 8694-2018 * Fecha: 05-03-2019 (complemento de sentencia) * Tipo de procedimiento: Abreviado.
• Hechos acreditados: * Hecho 1: El 17 de septiembre de 2018, a las 21:40 horas aproximadamente, en el Servicentro Copec ubicado en , el imputado fue sorprendido portando un cuchillo en un bolsillo sin justificación razonable, siendo detenido e incautado. * Hecho 2: El 24 de septiembre de 2018, aproximadamente a las 02:50 horas, el imputado concurrió al Servicentro Copec ubicado en , simulando tener un cuchillo, exigió a la empleada la entrega de dinero, logrando obtener $23.000 y una cajetilla de cigarrillos, siendo detenido en posesión de las especies y el dinero.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Hecho 1: Delito de porte de arma cortopunzante en vía pública (artículo 288 bis del Código Penal). Pena de multa de 1/3 de UTM (ya cumplida con la privación de libertad del 24 de septiembre de 2018) y comiso del cuchillo. * Hecho 2: Robo con intimidación (artículos 436, inciso primero, en relación al artículo 432 y 4...
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