Penal - Rol O-242-2018

FISCALÍA LOCAL . . C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, Primera Sala. * RUC: 1800094448-K * RIT: 242-2018 * Fecha: 3 de mayo de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por tráfico de pequeñas cantidades de droga.

Hechos acreditados: * El 26 de abril de 2018, en el domicilio de calle Los Sauces N° 498, Población 11 de Septiembre, Coelemu, durante un allanamiento por investigación de microtráfico, fue encontrada en el domicilio de su amiga Macarena, portando 1,26 gramos brutos (0,6 gramos netos) de cocaína base en su sostén. * La acusada declaró que la droga era para su consumo personal. * La acusada no residía en el domicilio allanado.

Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a por el delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000. * El Ministerio Público solicitó una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 40 UTM y penas accesorias. * El tribunal absolvió a la acusada.

Antecedentes relevantes del imputado: * Edad: 19 años. * Estado civil: Soltera. * Ocupación: Empleada. * Antecedentes penales: Irreprochable conducta anterior (convención probatoria). * Declaró ser consumidora de marihuana y pasta base.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * El Ministerio Público consideró la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal. * No hubo condena, por lo que no se aplicaron atenuantes ni agravantes.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Buscaba demostrar que la acusada tenía responsabilidad en el delito de microtráfico, basándose en el hallazgo de droga y en el contexto de una investigación más amplia. * Defensa: Argumentó que la cantidad de droga era para consumo personal y que la acusada no tenía intención de traficar, solicitando la absolución.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * La prueba de cargo no fue suficiente para acreditar, más allá de toda duda razonable, que la droga encontrada era para fines de tráfico. * Se consideró que la acusada no era el objetivo principal de la investigación. * La acusada declaró que la droga era para consumo personal. * El tribunal valoró el informe toxicológico presentado por la defensa, que confirmaba el consumo de cocaína base. * El tribunal aplicó el artículo 297 del Código Procesal Penal.

Disposiciones legales determinantes (artículos específicos): * Artículo 4° de la Ley 20.000 (Tráfico de pequeñas cantidades de droga): El que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, productoras de dependencia física o síquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas, sea que se trate de las indicadas en los incisos primero o segundo del artículo 1º, será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de diez a cuarenta unidades tributarias mensuales, a menos que justifique que están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. * Artículo 11 N°6 del Código Penal: Considerada la atenuante de responsabilidad. * Artículo 297 del Código Procesal Penal: Valoración de la prueba. * Artículo 340 del Código Procesal Penal: Absolución.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No aplica, ya que la acusada fue absuelta.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, Primera Sala. * RUC: 1800094448-K * RIT: 242-2018 * Fecha: 3 de mayo de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral por tráfico de pequeñas cantidades de droga.

Hechos acreditados: * El 26 de abril de 2018, en el domicilio de calle Los Sauces N° 498, Población 11 de Septiembre, Coelemu, durante un allanamiento por investigación de microtráfico, fue encontrada en el domicilio de su amiga Macarena, portando 1,26 gramos brutos (0,6 gramos netos) de cocaína base en su sostén. * La acusada declaró que la droga era para su consumo personal. * La acusada no residía en el domicilio allanado.

Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a por el delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000. * El Ministerio Público solicitó una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 40 UTM y penas accesorias. * El tribunal absolvió a la acusada.

Antecedentes relevantes del imputado: * Edad: 19 años. * Estado civil: Soltera. * Ocupación: Emplead...

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