Penal - Rol O-162-2019
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de La Serena. * RUC: 1801.107.925-K. * RIT: 162-2019. * Fecha de la sentencia: 4 de julio de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral Simplificado.
• Hechos acreditados: * El Ministerio Público acusó a de agredir a su conviviente, , el 10 de noviembre de 2018, aproximadamente a las 15:00 horas, en el domicilio ubicado en calle Venezuela N° 2587, Compañía Alta, La Serena. * Se le acusó de propinarle golpes de pie y puño en distintas partes del cuerpo, causándole lesiones leves. * Se le acusó de amenazarla de muerte con un cuchillo, diciéndole "maraca culiá déjame tranquilo, si no te mató". * El tribunal no pudo dar por probados los hechos, ya que el Ministerio Público no presentó prueba en la audiencia.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a por un delito de lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, y por un delito de amenazas de atentados contra personas y propiedades, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del mismo cuerpo legal, ambos en contexto de violencia intrafamiliar. * El Ministerio Público solicitó dos penas de 270 días de presidio menor en su grado mínimo, además de la accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante la condena, y las accesorias del artículo 9 letras a), b) y d) de la Ley N° 20.066. * El tribunal absolvió a de ambos cargos.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre completo: . * Cédula de identidad: . * Nacionalidad: Chileno. * Profesión u oficio: Ignorado. * Domicilio: .
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan atenuantes ni agravantes en la sentencia.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Presentó requerimiento acusando a por los delitos señalados, solicitando las penas indicadas. * Defensa: No presentó prueba propia y el imputado se acogió a su derecho a guardar silencio.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El Ministerio Público no rindió prueba para acreditar los hechos imputados. * La víctima no prestó declaración. * El tribunal, al no haber prueba suficiente, no pudo adquirir la convicción de que se cometieron los delitos y, por lo tanto, absolvió al imputado.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 399 del Código Penal (lesiones menos graves). * Artículo 296 N° 3 del Código Penal (amenazas). * Artículo 494 N° 5 del Código Penal. * Artículo 5 de la Ley N° 20.066 (Violencia Intrafamiliar). * Artículos 340 del Código Procesal Penal (estándar de prueba). * Artículos 48, 296, 297, 339, 340, 342, 343, 344, 388 y siguientes del Código Procesal Penal. * Artículos 1, 2, 5, 7, 9 y 16 de la Ley 20.066.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se aplicaron condiciones de suspensión ni medidas alternativas, ya que el imputado fue absuelto.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de La Serena. * RUC: 1801.107.925-K. * RIT: 162-2019. * Fecha de la sentencia: 4 de julio de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral Simplificado.
• Hechos acreditados: * El Ministerio Público acusó a Dixón Alexander Villanueva Riveros de agredir a su conviviente, Priscilla Javiera Núñez Araya, el 10 de noviembre de 2018, aproximadamente a las 15:00 horas, en el domicilio ubicado en calle Venezuela N° 2587, Compañía Alta, La Serena. * Se le acusó de propinarle golpes de pie y puño en distintas partes del cuerpo, causándole lesiones leves. * Se le acusó de amenazarla de muerte con un cuchillo, diciéndole "maraca culiá déjame tranquilo, si no te mató". * El tribunal no pudo dar por probados los hechos, ya que el Ministerio Público no presentó prueba en la audiencia.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a Dixón Alexander Villanueva Riveros por un delito de lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, y por un delito de amenazas de atentados contra personas y propiedades, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del mismo cuerpo legal, ambos en contexto de violencia intrafamil...
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