Penal - Rol O-40-2019
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes. * RIT: 40-2019. * RUC: 1800382581-3. * Fecha: 2 de julio de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * El 17 de abril de 2018, a las 02:25 horas, fue sometido a un control de identidad por Carabineros frente al domicilio en . * En su mochila se encontró una balanza digital Diamond, modelo 500, y un cuchillo Chalimex de 17,5 cm de hoja y 13,5 cm de empuñadura. * En la casaca de se halló un contenedor de vidrio con 9,9 gramos de cannabis sativa.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a por microtráfico (artículo 4 de la Ley 20.000) y porte de arma blanca en la vía pública (artículo 288 bis del Código Penal). Solicitó una pena de tres años de presidio menor en su grado medio y una multa de 20 UTM por el delito de microtráfico, además de 100 días de presidio menor en su grado mínimo por el porte de arma blanca, con las accesorias legales. * El tribunal absolvió a de ambos delitos.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: . * Edad: 25 años (nacido el 25 de febrero de 1994). * Ocupación: Cocinero. * Domicilio: .
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * El Ministerio Público consideró la atenuante de irreprochable conducta anterior, sin que concurrieran agravantes.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Argumentó que la posesión de la balanza y el contenedor, junto con la cantidad de cannabis, indicaban microtráfico. Señaló que el cuchillo era portado en la vía pública sin justificación. Cuestionó la validez de un certificado médico que acreditaba consumo de cannabis por parte del imputado. * Defensa: Cuestionó la legalidad del control de identidad y la obtención de la prueba. Argumentó que el cuchillo era herramienta de trabajo del imputado, quien era cocinero. Señaló que la cannabis era para consumo personal. Sostuvo que el control de identidad fue arbitrario y que la policía actuó sin un indicio válido.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal consideró que el control de identidad fue ilegal, ya que los carabineros no tenían un indicio que justificara la revisión. * Concluyó que, al no haber un indicio, se configuró una “ilicitud de base” que vulneró los derechos fundamentales del imputado a su libertad de movimiento y a la protección de su intimidad. * Desestimó la prueba obtenida durante el control de identidad (balanza, cuchillo y cannabis sativa), al ser fruto de una actuación policial ilegal. * Valoró las declaraciones de testigos de la defensa sobre la ocupación de cocinero del imputado y el consumo de cannabis, pero desestimó los testimonios que no eran congruentes con los hechos descritos en la acusación.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal (control de identidad). * Artículos 6, 7, 8 y 19 de la Constitución Política de la República. * Artículo 4 de la Ley 20.000. * Artículo 288 bis del Código Penal. * Artículo 297 del Código Procesal Penal (valoración de la prueba). * Artículo 340 del Código Procesal Penal (convicción más allá de toda duda razonable).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No aplica, dado que se trató de una absolución.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes. * RIT: 40-2019. * RUC: 1800382581-3. * Fecha: 2 de julio de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * El 17 de abril de 2018, a las 02:25 horas, fue sometido a un control de identidad por Carabineros frente al domicilio en . * En su mochila se encontró una balanza digital Diamond, modelo 500, y un cuchillo Chalimex de 17,5 cm de hoja y 13,5 cm de empuñadura. * En la casaca de se halló un contenedor de vidrio con 9,9 gramos de cannabis sativa.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * El Ministerio Público acusó a por microtráfico (artículo 4 de la Ley 20.000) y porte de arma blanca en la vía pública (artículo 288 bis del Código Penal). Solicitó una pena de tres años de presidio menor en su grado medio y una multa de 20 UTM por el delito de microtráfico, además de 100 días de presidio menor en su grado mínimo por el porte de arma blanca, con las accesorias legales. * El tribunal absolvió a de ambos delitos.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Cédula de identidad: ...
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