Penal - Rol O-359-2019
C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Segundo Tribunal de Juicio Oral en la Península. * RUC: 1900184060-9. * RIT: 359-2019. * Fecha: 6 de septiembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: El 18 de febrero de 2019, aproximadamente a las 03:30 horas, forzó una reja de un respiradero en el frontis de un inmueble en calle Las Violetas esquina Avenida Manuel Antonio Matta, comuna de Quilicura. Este respiradero daba acceso a máquinas de frío de un minimarket y a la vez a la casa habitación de la víctima, y su familia. El imputado movió las máquinas, ingresó al minimarket y registró la caja registradora. Luego, forzó la puerta que comunicaba el minimarket con la casa, registrando el living y el dormitorio. Sustrajo un bolso azul con relojes, joyas, elementos de plata y otras antigüedades. Fue descubierto por , a quien le lanzó estocadas con un cuchillo carnicero, sin lograr impactarlo. El imputado fue detenido en el lugar por Carabineros.
• Calificación jurídica y pena impuesta: El tribunal calificó los hechos como robo con intimidación en grado de tentado, según el artículo 436 inciso 1° del Código Penal en relación con los artículos 432 y 439 del mismo cuerpo legal. Se le impuso a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: Se le condena a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Como el acusado fue defendido por la Defensoría Penal Pública, se le exime del pago de las costas de la causa. No se concedió ningún beneficio alternativo a la pena privativa de libertad. Se decreta el comiso del arma blanca incautada. Se ordenó la toma de huella genética del sentenciado.
• Antecedentes relevantes del imputado: , nacido el 16 de septiembre de 1998 (20 años al momento del juicio), soltero, sin oficio. Domicilio en .
- Antecedentes penales: Contaba con una condena anterior, del 29 de mayo de 2015, por robo con intimidación cometido el 22 de mayo de 2014, cuando era adolescente, la cual fue tomada en cuenta para evaluar una agravante.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto:
- Atenuante: Se consideró la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal (colaboración en la investigación), por reconocer los hechos.
- Agravante: Se alegó la agravante de reincidencia específica (artículo 12 N° 16 del Código Penal), basada en una condena anterior por un delito de la misma especie. Sin embargo, el tribunal no la consideró aplicable, argumentando que no puede ser reincidente un adulto que cometió un delito siendo menor de edad y juzgado según la Ley 20.084. El tribunal se basó en la Convención de los Derechos del Niño, específicamente las Reglas de Beijing.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa:
- Fiscalía: Sostuvo que el imputado cometió robo con intimidación en grado de frustrado, solicitando la pena de diez años y un día de presidio, considerando la agravante de reincidencia.
- Defensa: Reconoció los hechos, pero solicitó que se considerara el grado de tentado y que no se aplicara la agravante de reincidencia. Además, solicitó la aplicación de la atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal y, de no ser acogido, se concediera la libertad vigilada intensiva.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: El tribunal basó su decisión en la valoración de la prueba, considerando el testimonio de la víctima, el testimonio del Carabinero y la declaración del imputado. El tribunal, en cuanto a la agravante de reincidencia, consideró que no podía aplicarse, ya que la condena anterior del imputado fue en su calidad de adolescente, juzgado y sancionado de acuerdo con la Ley 20.084. Se basó en la interpretación de la Convención de los Derechos del Niño y las Reglas de Beijing, en específico el artículo 21.2, que señala que los registros de menores delincuentes no se utilizarán en procesos de adultos relativos a casos subsiguientes en los que esté implicado el mismo delincuente. El tribunal aplicó la pena en su mínima expresión, considerando la atenuante de colaboración y el principio de proporcionalidad.
• Disposiciones legales determinantes:
- Código Penal: Artículos 1, 3, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 26, 28, 50, 68, 69, 432, 436 inciso 1° y 439.
- Código Procesal Penal: Artículos 47, 295, 296, 297, 324, 340, 341, 342, 344 y 450.
- Ley 18.216 (sobre penas sustitutivas a las privativas o restrictivas de libertad).
- Ley 19.970 (que crea el Ministerio Público).
- Ley 20.084 (sobre responsabilidad penal adolescente).
- Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
- Convención sobre los Derechos del Niño (especialmente el preámbulo y artículo 21.2 de las Reglas de Beijing).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: No se impusieron condiciones al no concederse beneficios alternativos a la pena privativa de libertad.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: El documento no indica que se hayan presentado recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Segundo Tribunal de Juicio Oral en la Península. * RUC: 1900184060-9. * RIT: 359-2019. * Fecha: 6 de septiembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: El 18 de febrero de 2019, aproximadamente a las 03:30 horas, forzó una reja de un respiradero en el frontis de un inmueble en calle Las Violetas esquina Avenida Manuel Antonio Matta, comuna de Quilicura. Este respiradero daba acceso a máquinas de frío de un minimarket y a la vez a la casa habitación de la víctima, y su familia. El imputado movió las máquinas, ingresó al minimarket y registró la caja registradora. Luego, forzó la puerta que comunicaba el minimarket con la casa, registrando el living y el dormitorio. Sustrajo un bolso azul con relojes, joyas, elementos de plata y otras antigüedades. Fue descubierto por , a quien le lanzó estocadas con un cuchillo carnicero, sin lograr impactarlo. El imputado fue detenido en el lugar por Carabineros.
• Calificación jurídica y pena impuesta: El tribunal calificó los hechos como robo con intimidación en grado de tentado, según el artículo 436 inciso 1° del Código Penal en relación con los artículos 432 y 439 del mismo cuerpo legal. Se le impuso a [Reda...
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