Penal - Rol O-4907-2019
C/
Abstracto
Se presenta el caso de RODRIGO ANTONIO AGUILERA PALACIO, quien fue condenado por conducción en estado de ebriedad en la comuna de Recoleta. Los hechos ocurrieron el 23 de febrero de 2019, a la 01:37 horas, en la intersección de calle Purísima con Dardignac, donde el imputado fue sorprendido conduciendo un vehículo Ford Ranger en manifiesto estado de ebriedad. Las pruebas de alcotest y alcoholemia confirmaron niveles de alcohol en la sangre de 1.62 y 2.05 gramos por mil, respectivamente. El tribunal calificó el hecho como conducción en estado de ebriedad, sancionada en la Ley Nº 18.290. Se le impuso una pena de 41 días de prisión, multa, suspensión de cargo u oficio público y la suspensión de la licencia de conducir por dos años. Se le otorgó el beneficio de remisión condicional de la pena privativa de libertad por un año, cumpliendo con los requisitos legales. Se aplicaron atenuantes genéricas del Código Penal. El imputado, RODRIGO ANTONIO AGUILERA PALACIO, con RUT , domiciliado en , fue sentenciado por el Juzgado de Garantía de Santiago.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Santiago. * RUC: 1900217813-6 * RIT: 4907-2019 * Fecha de la sentencia: 5 de septiembre de 2019. * Tipo de procedimiento: No especificado explícitamente, pero se deduce que es un juicio por conducción en estado de ebriedad.
• Hechos acreditados: * Fecha y hora: 23 de febrero de 2019, aproximadamente a las 01:37 horas. * Lugar: Intersección de calle Purísima con Dardignac, comuna de Recoleta. * Conducta: condujo un vehículo marca Ford, modelo Ranger XCLT, color gris, placa HPLF-38, en estado de ebriedad. Fue fiscalizado por funcionarios policiales que observaron signos de ebriedad. El examen respiratorio Alcotest arrojó un resultado de 1.62 gramos por mil de alcohol en la sangre. El examen de alcoholemia posterior reveló 2.05 gramos por mil de alcohol en la sangre.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Conducción de vehículo en estado de ebriedad, tipificado en el artículo 110 y sancionado en el artículo 196 de la Ley Nº 18.290. * Pena: 41 días de prisión en su grado máximo. Multa a beneficio fiscal de un tercio de una Unidad Tributaria Mensual, con 30 días para acreditar el pago. Suspensión de cargo u oficio público durante el tie...
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