Penal - Rol N° O-6900-2018
C/
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la absolución de Julia Rosa del Carmen Bobadilla Díaz en una causa por giro doloso de cheques, al determinar que los cheques en cuestión fueron entregados como garantía de un préstamo y no en pago de una obligación. Los hechos se remontan a la presentación de una querella por Augusto Vallejos Celis, quien acusó a Bobadilla de girar cheques sin fondos por un monto total de $35.000.000. La defensa argumentó que los cheques se emitieron como caución, y la Corte acogió este argumento, citando el artículo 11 de la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, que establece que solo pueden girarse cheques en pago. En consecuencia, se ratificó la absolución y se ordenó remitir antecedentes al Ministerio Público por una posible infracción a la Ley General de Bancos por parte del querellante.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Rancagua. * RIT: 6900-2018. * RUC: 1810033706-8. * Fecha de la sentencia: 15 de septiembre de 2019. * Tipo de procedimiento: Acción Privada. * Materia: Giro doloso de cheques.
• Hechos acreditados: * giró los siguientes cheques: * Serie AF 1865211, por $20.000.000, protestado el 1 de agosto de 2017. * Serie AD 7886163, por $10.000.000, protestado el 1 de agosto de 2017. * Serie AF 1865197, por $5.000.000, protestado el 1 de agosto de 2017. * Los cheques fueron entregados a como garantía de un préstamo por $20.000.000. * Los cheques fueron protestados por falta de fondos. * Los protestos fueron notific...
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